Contrario a lo que se informó en su momento, la reserva de siete años decretada por la Corte Suprema de Justicia el 20 de junio a los datos patrimoniales de funcionarios públicos exonerados aplicará a las instituciones del Estado que quieran acceder a éstos.

“La mencionada información también se considerará reservada para las entidades públicas”, reza la resolución que aparece firmada por los magistrados María Luz Regalado, Ovidio Bonilla, Óscar López Jerez, Doris Luz Rivas Galindo, Roberto Argueta, Elsy Dueñas y Sergio Luis Rivera Márquez.

El 20 de junio, los ocho magistrados decidieron reservar datos bancarios, financieros, contables y patrimoniales de funcionarios y empleados públicos indagados por posible enriquecimiento ilícito en la Sección de Probidad en dos casos: cuando no haya resolución definitiva por el tiempo en que ésta se emita; y cuando los magistrados de la CSJ decidan que no hay indicios de enriquecimiento ilícito por siete años.

La resolución no detalla si las instituciones del Estado que estarán inhibidas de conocer estos datos incluyen a la Corte de Cuentas de la República, Fiscalía General de la República, Tribunal de Ética Gubernamental, entre otras instituciones.

Pero sí detalla que solo los magistrados de la Corte de Cuentas, la secretaría general de la Corte, el jefe y el subjefe de la Sección de Probidad de la CSJ, el personal jurídico y administrativo de Probidad podrán tener acceso a esta información reservada.

Durante el pleno de la Corte, el magistrado Sergio Luis Rivera manifestó que la reserva no implicaba que la Fiscalía General de la República no tuviera acceso a documentación para sus investigaciones.

En la sesión, el magistrado Florentín Meléndez cuestionó si la reserva aplicaba para las entidades públicas. De acuerdo al audio de la sesión de Corte Plena, la magistrada Doris Luz Rivas manifestó su desacuerdo, aunque no insistió.

 

Reserva para el mismo Estado

A las 11:30 de la mañana del 20 de junio de 2017 fue emitida la resolución de reserva de la Corte Plena.