El procedimiento permite que los transportistas puedan retornar a El Salvador y reimportar la carga de sus clientes y anular las exportaciones en el sistema. FOTO/@Aduanas_SV


La Dirección General de Aduanas (DGA) confirmó que desde ayer se activó un proceso para habilitar las reimportaciones de los productos de exportación que no han podido ser entregados en Costa Rica.



La medida surge tras más de una semana de la entrada en vigor de una medida de restricción -unilateral- del Gobierno costarricense para el ingreso de transportistas internacionales,una medida de tipo sanitaria tras detectar 50 casos de COVID-19 en la frontera entre transportistas.

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“Las exportaciones realizadas de El Salvador a Costa Rica, que no logren llegar a su destino final y que desean retornar al país deberán solicitar su reimportación, con base en el artículo 535 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano”, destaca un boletín de la DGA.

Silvia Cuéllar, directora ejecutiva de la Corporación de Exportadores de El Salvador (Coexport), confirmó esta mañana que varias unidades están haciendo ese movimiento para retornar y quienes lo decidan no tendrán ningún problema para reingresar. “No es lo ideal para nosotros. Estamos evaluando será que ahora hay una solución y no es neceario ese retorno, pero hay empresas que han decidido hacerlo”, dijo.

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La líder gremial sostiene que hay ejemplos de empresas que han tenido que regresar y han reportado afectaciones por que el producto estaba dañado.

DGA activó el proceso en razón de las medidas emitidas por la República de Costa Rica, las cuales se encuentran en vigor desde el pasado 18 de mayo y que restringen el ingreso de los pilotos de transporte de carga de Centroamérica a territorio costarricense.



Requisitos

Aduanas confirmó que para hacer efectivo el proceso de reimportaciones los transportistas deben cumplir los siguientes requisitos:

1.Presentar ante el funcionario de aduanas autorizado, en la Aduana Terrestre El Amatillo, la solicitud de reimportación por el exportador, adjuntando la Declaración de Exportación y sus documentos, así como la Declaración de Tránsito Internacional (DUCA-T), consignando un correo electrónico, como medio de notificación.

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2. Una vez aceptada la reimportación, la unidad de transporte y las mercancías serán objeto dde reconocimiento a través de equipos de inspección no intrusiva.

3. En caso de dictamen sospechoso o haya existido cambio de marchamo(s) de origen de la exportación, se someterá además de inspección de equipos no intrusivos al reconocimiento fisico, el cual puede ser registro a Domicilio.

4.La Administración de Aduanas El Amatillo, procederá a finalizar el tránsito y autorizar la Reimportación de las Mercancías, mediante el proceso de anulación de exportación en el sistema

5.Finalizado el proceso de reimportación entregará al usuario la factura original y copias de la DUCA-T, DUCA-D o de exportación.

6.Las exportcioes sujetas a reimportción en vigencia, mientras persiostan las medidas emitidas en las fronteras de Costa Rica.

La DGA habilitó el teléfono 2244 5182 y el correo usuario@aduana.gob.sv para atender consultas sobre el tema.