Alertan sobre distorsión en renovación de la CSJ
Martes 31, Octubre 2017 - 12:03 AM
Un mecanismo para evitar que una sola Asamblea Legislativa tenga el poder de renovar a casi el 100 % de la Sala de lo Constitucional en un solo acto, propuso ayer la Fundación Salvadoreña para Estudios Económicos y Sociales (Fusades).Fusades advirtió ayer "distorsiones en el sistema de renovación de la Corte Suprema de Justicia” (CSJ) que señala se reproducirán si no se corrigen.La distorsión fue generada porque en junio de 2003 la Asamblea Legislativa prefirió trasladar a dos magistrados de otras salas a los dos puestos vacantes en la Sala de lo Constitucional y colocar a los electos en otras salas. Los magistrados trasladados fueron Victoria Marina de Avilés y Mauricio Clará, quienes no habían sido designados para esa Sala de lo Constitucional.El problema, según Fusades, es que las "renovaciones colectivas” "favorecen el reparto de cuotas político partidarias en la Sala de lo Constitucional”, perjudicando posiblemente la independencia de los magistrados electos.Sin embargo, Fusades señala que también la renovación por terceras partes en la CSJ y en la Sala de lo Constitucional pretende evitar que todos los magistrados se renueven "de una sola vez” y combinar magistrados con experiencia y magistrados nuevos.Para resolver el problema, la institución propone dos caminos: aprobar un decreto transitorio que permita a la Asamblea 2018-2021 elegir a unos magistrados para un periodo de seis años y a otros para un periodo de nueve. El segundo camino: aplicar el artículo 186 de la Constitución, tomando en cuenta la discusión que tuvo la Asamblea Constituyente de 1991, en donde se estableció que la Asamblea determinaría el periodo de elección de los magistrados, de tres, seis y nueve años. El artículo 186 de la Constitución dice que "los magistrados de la CSJ serán elegidos por la Asamblea Legislativa para un periodo de nueve años”. El tema en la Asamblea Legislativa aún no es ni considerado. Ayer, los diputados que respondieron los llamados no se muestran cerrados, pero tampoco quisieron opinar al respecto. Traslados: el origenLo que no considera viable Fusades es hacer traslados, por estar prohibido en una sentencia de la Sala de lo Constitucional.Cuando iniciaron las distorsiones, la Sala no había prohibido los traslados hacia la Sala de lo Constitucional para llenar sus vacantes. Fue hasta en 2012 que emitió una sentencia sobre ello.En 2006, la misma legislatura, la legislatura participó en la elección de dos generaciones de magistrados y también trasladó al magistrado Néstor Castaneda, electo en 2003, de la Sala de lo Penal a la Sala de lo Constitucional.El 16 de julio de 2009, fueron electos los magistrados Belarmino Jaime, Florentín Meléndez, Rodolfo González y Sidney Blanco para la Sala de lo Constitucional.En junio de 2012, la Sala resolvió que "una vez electos en dicha sala los magistrados no pueden ser movidos a otras salas de la CSJ como tampoco pueden trasladarse magistrados hacia ésta”. Fusades propone dos salidas a esta distorsión. Un transitorioSin modificar el artículo del artículo 186 de la Constitución, aprobar una disposición transitoria de reforma constitucional para restablecer el modelo de elección diseñado por la Asamblea Constituyente en 1991. Consistiría en aprobar un artículo transitorio para elegir a dos magistrados para un periodo de nueve años y a los otros dos para un periodo de seis años. Interpretación Aplicar el artículo 186 de la Constitución, interpretándolo, ya que en discusiones de la plenaria del 29 de abril de 1991, al modificar el artículo 186, se estableció que la Asamblea determinaría el periodo de elección de los magistrados, de tres, seis y nueve años, para garantizar el cumplimiento del artículo.