EE UU facilitará reunificación familiar para ciudadanos de El Salvador, Guatemala, Colombia y Honduras

Viernes 07, Julio 2023 - 8:40 AM
AFP

Los beneficiarios del proceso de reunificación familiar deben estar fuera de los Estados Unidos, cumplir con todos los requisitos, incluidos los requisitos médicos y de evaluación, y no deben haber recibido una visa de inmigrante. En tres años podrán tener residencia permanente.

El Departamento de Seguridad de Estados Unidos anunció procesos de libertad condicional para reunificación familiar para ciudadanos de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras. Los procesos promueven la unidad familiar y son parte de las medidas integrales anunciadas en abril por el Departamento de Seguridad y el Departamento de Estado. Los nuevos procesos son para ciudadanos de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras cuyos familiares son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales y que han recibido aprobación para reunirse con su familia en los Estados Unidos. Específicamente, los ciudadanos de estos países pueden ser considerados para la libertad condicional caso por caso por un período de hasta tres años mientras esperan para solicitar convertirse en residentes permanentes legales. Además ciertos ciudadanos de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras que son beneficiarios de un Formulario I-130, Petición de familiar extranjero aprobado, pueden ser elegibles para ser considerados para libertad condicional bajo los nuevos procesos.

¿Quiénes pueden aplicar?

Los beneficiarios que califican deben estar fuera de los Estados Unidos, cumplir con todos los requisitos, incluidos los requisitos médicos y de evaluación, y no deben haber recibido una visa de inmigrante. Los procesos comienzan cuando el Departamento de Estado emite una invitación al ciudadano estadounidense o familiar residente permanente legal cuyo Formulario I-130 en nombre de un beneficiario colombiano, salvadoreño, guatemalteco u hondureño ha sido aprobado. Los beneficiarios que esperan una visa de inmigrante pueden incluir ciertos hijos y hermanos de ciudadanos estadounidenses y ciertos cónyuges e hijos de residentes permanentes. El peticionario invitado puede entonces iniciar el proceso presentando una solicitud en nombre del beneficiario y los miembros de la familia elegibles para ser considerado para autorización de viaje anticipada y libertad condicional. Los nuevos procesos permiten la libertad condicional solo de forma discrecional, caso por caso y temporal cuando se demuestren razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo, así como una demostración de que el beneficiario justifica un ejercicio favorable de discreción. Las personas en libertad condicional en los Estados Unidos bajo estos procesos generalmente serán consideradas para libertad condicional por hasta tres años y serán elegibles para solicitar autorización de empleo mientras esperan que su visa de inmigrante esté disponible. Cuando su visa de inmigrante esté disponible, pueden solicitar convertirse en residentes permanentes legales. La Ley de Inmigración y Nacionalidad autoriza al Secretario de Seguridad Nacional, a su discreción, a conceder la libertad condicional a los no ciudadanos en los Estados Unidos temporalmente, caso por caso, por razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo. La autoridad de libertad condicional se ha utilizado durante mucho tiempo para establecer procesos de reunificación familiar administrados por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU., incluido el Programa de libertad condicional para la reunificación familiar cubana, que se estableció en 2007, y el Programa de libertad condicional para la reunificación familiar haitiana, que se estableció en 2014. Los Avisos del Registro Federal para Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras brindan más información sobre el proceso y los criterios de elegibilidad.