Sala vigilará si ministro de Hacienda cumplió fallo sobre financiamiento político en El Salvador
Miércoles 19, Abril 2017 - 5:24 PM
Magistrados de la Sala de lo Constitucional dicen todos deben cumplir las sentencias.
Conozca las incoherencias detectadas en los informes financieros de los partidos¿Cómo inició la demanda contra el ministro?El demandante en el caso, Eduardo Escobar, argumentó ante la Sala que el ministro violó sus derechos de acceso a la información pública, ya que negó información sobre los donantes de los partidos políticos de 2014 y 2015. "Es un error pensar que la información solo la detentan ellos, puesto que el Ministerio de Hacienda sí tiene noticia de quiénes son sus donantes", dijo el demandante.El 9 de mayo de 2016, pidió el listado de personas naturales y jurídicas donantes de los partidos políticos en 2014 y 2015, e informes mensuales de donaciones a partidos políticos, en el formato F-960, de ambos años.La información fue denegada por confidencial a raíz del secreto fiscal que protege al contribuyente. El demandante apeló ante el IAIP, que ordenó la entrega de la información. Ante esto, Hacienda recurrió a la Sala de lo Contencioso contra el IAIP, aunque éste había iniciado sanción contra el ministro.La Sala ha suspendido provisionalmente el financiamiento público para las elecciones de 2018 a aquellos partidos políticos que no presenten ante el Tribunal Supremo Electoral los listados completos de sus donantes, con detalle del tipo de donación, cuantías de cada una y el destino de dichos fondos. El TSE tiene la obligación de verificar la idoneidad y la pertinencia de la información entregada.
La Sala de lo Constitucional declaró improcedente una demanda contra el ministro de Hacienda, Carlos Cáceres, por no entregar información sobre los donantes de los partidos políticos, pero a la vez decidió iniciar un análisis para detectar si Cáceres ha incumplido una sentencia que ordena total transparencia financiera a los partidos políticos.Los magistrados Armando Pineda, Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco y Rodolfo González firmaron una resolución en la cual señalan que verificarán "si las actuaciones del Ministro de Hacienda incumplen lo ordenado en la sentencia" de inconstitucionalidad 43-2013, del 22 de agosto de 2014. Este fallo declaró inconstitucionalidad contra la falta de legislación para la obligación de los partidos políticos a informar del origen y destino de sus fondos.En su resolución, emitida el 31 de marzo de 2017, la Sala insinúa que no solo los partidos políticos están obligados a informar de su financiamiento político.En concreto, explica que para toda sentencia hay "plenos efectos para todos", es decir, "no solo para los intervinientes en el proceso de inconstitucionalidad". "Son vinculantes, debido a que no pueden ser desconocidos ni desobedecidos por los Órganos de Estado, por sus funcionarios y autoridades y por toda persona natural o jurídica", señala.>>