La reforma busca proteger a las mujeres víctimas de violencia y discriminación en las universidades. / DEM


La Asamblea Legislativa aprobó este jueves con 46 votos una reforma al artículo 21 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV) para que las universidades públicas y privadas sancionen las prácticas de discriminación y violencia de género.

Solo en 2018 registraron 70 casos de acoso sexual en universidades del Área Metropolitana de San Salvador, según la Mesa Interuniversitaria de Mujeres.

La reforma obliga a las universidades a que elaboren y apliquen protocolos para atender a las víctimas de discriminación y de violencia de género. “El sentido es que se obligue a las universidades a crear protocolos de actuación ante los casos de acoso por parte de catedráticos, decanos, personal administrativo, de seguridad y de los mismos estudiantes, dentro de las universidades”, expresó el diputado Josué Godoy, del partido Arena, quien presentó la iniciativa de ley.

Agregó que a través de redes sociales conoció muchos casos de “catedráticos que chantajean a las alumnas con dejarles las materias si no obedecen a favores sexuales. Las acosan”, agregó.

El artículo actual ya obliga a las universidades a “reglamentar internamente las acciones de detección y prevención de toda forma de violencia contra las mujeres”. La reforma agrega al texto que las obligadas son las instituciones “públicas y privadas”.

“Las instituciones de educación superior, públicas y privadas, deberán sancionar las prácticas de discriminación y violencia de género, elaborar y aplicar sus respectivos protocolos de actuación para la atención de los casos de discriminación y violencia de género ejercidos contra las mujeres que forman parte de dichas instituciones”, reza un nuevo inciso del artículo 21 de la LEIV.

El 87 % de los casos de acoso se da contra mujeres y el 13 % contra hombres. Por ello, considera importante que las universidades adopten medidas de protección.

 

El artículo reformado





Artículo 21

“Las instituciones de educación superior, públicas y privadas deberán sancionar las prácticas de discriminación y violencia de género, elaborar y aplicar sus respectivos protocolos de actuación para la atención de los casos de discriminación y violencia de género”.