La reforma fue aprobada ayer. / DEM


La Asamblea Legislativa reformó este jueves el Código Penal para crear el artículo 148-A e incorporar el delito de desaparición de personas cometida por particulares.

La legislación vigente solo contempla la desaparición de personas cometidas por agentes de autoridad del Estado, como agentes policiales o soldados.

El diputado de Arena e integrante de la Comisión de Legislación de la Asamblea Legislativa, Ricardo Velásquez Parker, explicó que este nuevo delito será aplicado a las personas, “independientemente sea pandillero, cualquier persona o cualquier delincuente”.

“Es una herramienta que permitirá la pronta y cumplida justicia”, explicó el legislador. El nuevo delito conllevará a una pena carcelaria de 15 a 25 años.

El diputado del FMLN y también integrante de la Comisión de Legislación, Javier Valdez, sostuvo que el nuevo delito “es una herramienta importante para trabajar contra la inseguridad” que vive el país. “Estamos creando un tipo penal que ayude a la Fiscalía en su lucha contra el crimen organizado por la desaparición de personas”, expresó el legislador.



Reforma pendiente

La Comisión de Legislación de la Asamblea Legislativa todavía tiene en estudio una propuesta de reforma al Código Penal para que el delito de desaparición, cometido por particulares o agentes de autoridad, sea imprescriptible y tipificado de lesa humanidad.

Las reformas aprobadas y las aún pendientes cuentan con la asesoría técnica de la Fiscalía General de la República y la Procuraduría General de la República.