El presidente electo Nayib Bukele junto a sus abogados Luis Mario Pérez Bennett y Ricardo Arturo Roque Baires, no presentaron los escritos justificando su incomparecencia a la vista pública programada para el pasado 18 de febrero y desobedecieron así la orden del juez Primero de Sentencia de Santa Tecla.

Bukele y sus defensores tenían tres días hábiles que se vencieron el 21 de febrero para explicarle al juzgador los motivos que tuvieron para no asistir; en el caso de los abogados solo llegaron a dejar un escrito pidiendo que cesara el enjuiciamiento, porque al ser un presidente electo ya no podía ser sometido a un proceso penal, dijeron.

Pero Bukele, acusado por el delito de calumnia en perjuicio de Eugenio Chicas, quien lo demandó el 18 de octubre de 2017 por haber dicho que había violado a su hija de crianza, ni siquiera acudió al llamado.

Un fuente judicial confirmó ayer que los abogados de Bukele presentaron un recurso de revocatoria, en el cual solicitan al juez Primero de Sentencia de Santa Tecla que se retracte de su resolución y que archive el expediente.

Tras recibir el escrito, el juzgador le dio trámite y mandó escuchar a la parte acusadora para que emitiera opinión respecto a la solicitud de Bukele; en su respuesta, la abogada de Eugenio Chicas ha pedido que se decrete no ha lugar el recurso de revocatoria y que se mantenga la decisión judicial de seguirlo procesando.

El juez, tras oír la posición del demandante, debe resolver en término de tres días el recurso de revocatoria; puede confirmar su decisión o retractarse y acceder a las pretensiones de la parte demandada.

Mientras no haya resolución, la fecha de la vista pública se mantiene para el próximo 7 de marzo y Nayib Bukele está en la obligación de comparecer o de lo contrario podría caer en desacato.

En el caso que el juez confirme su resolución de continuar procesando al presidente electo, los defensores ya no tienen otra opción legal ya que la denegatoria de revocatoria no admite ningún otro recurso.

El pasado 18 de febrero, el juez, al resolver el escrito de los defensores, dijo que “los abogados del señor Bukele no tienen la razón de lo que han expuesto en el escrito, porque el señor Bukele Ortez, no es un presidente constitucional de la República, no es un funcionario”.

Sostuvo que la Asamblea Legislativa es la responsable de tomarle la protesta constitucional el 1 de junio y el Tribunal Supremo Electoral (TSE) lo que hace es conferir la calidad de presidente y acreditarlo como tal.

El juzgador sostuvo que el artículo 154 de la Constitución señala que el ejercicio del cargo inicia el 1 de junio, cuando la Asamblea Legislativa, en un acto protocolario, le otorga la investidura de Presidente de la República y que actualmente Bukele es un ciudadano normal.

Cuando Eugenio Chicas presentó la demanda también solicitó al juzgado que a Bukele se le condene a pagarle $100 mil por daños y perjuicios ocasionados; en la audiencia de aportación de pruebas realizada el 22 de enero 2019, ratificó esa pretensión y el juez le admitió alguna prueba, pero le hizo ver a la abogada de Chicas que debe justificar la razón por la cual está pidiendo esa cantidad.

A la vista pública llegarán a declarar varios testigos, entre ellos algunos expertos que hicieron peritajes psicológicos y psiquiátricos y la parte demandada ha ofrecido el testimonio de la exesposa de Eugenio Chicas.