El video de Lozano aún puede verse en la plataforma de YouTube.


La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia tomó la decisión de estudiar si el exprecandidato a diputado por Nuevas Ideas, José Jaime Lozano Durán, perderá sus derechos políticos por promover la reelección presidencial.

La Constitución de la República dice que las personas que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o continuación del Presidente de la República, o empleen medios directos para ese fin, perderán los derechos de ciudadano.

El abogado Salvador Enrique Anaya presentó una demanda contra José Jaime Lozano Durán, quien divulgó mensajes a favor de la reelección presidencial.

 
Qué pasó.

En un video de YouTube publicado el 12 de diciembre de 2019, titulado “Porque Quiero que Nayib Bukele sea Reelegido en 2o periodo”, Lozano se propone como diputado de Nuevas Ideas para promover la reelección del presidente por cinco años más.

“Si ellos cambiaron las leyes para robar del pueblo, ¿por qué nosotros de diputados de Nuevas Ideas para que nuestro presidente sea reelegido un segundo periodo y hasta ahí nomás? Nayib Bukele no le va a ajustar cinco años de gobierno, él necesita los otros cinco años más”, expresa.

Lozano también instó a “quitar a todas las AFP”, administradoras de fondos de pensiones, y 42 diputados, tildando de estúpidos a quienes argumentan que la Constitución prohíbe la reelección.
“Es la primera vez que la Sala de lo Constitucional admite a trámite un proceso de pérdida de derechos de ciudadano por la causal”. Erika Saldaña, abogada constitucionalista @erikasaldana

Tema constitucional.

Según la Sala, el proceso de pérdida de derechos ciudadanos pretende “ejercer un control concreto de constitucionalidad”.

“Lo que se está enjuiciando es una acción de un ciudadano capaz de colocar en riesgo el gobierno republicano y democrático salvadoreño”, reza la resolución de la Sala, emitida el 5 de octubre de 2020 y divulgada este jueves.

Así, los magistrados firmantes explican que la Sala de lo Constitucional es la instancia competente de conocer los procesos de pérdida de los derechos de la ciudadanía establecidas en el artículo 75 de la Constitución. La Constitución lo norma como la séptima atribución de la Corte Suprema de Justicia.

“Era una competencia que nunca había sido ejercida por este tribunal”, advierte, detallando que, desde que se creó la Constitución de 1983, ningún ciudadano había iniciado un proceso constitucional para suprimir los derechos ciudadanos a una persona bajo ninguna causal.

La Sala buscará el domicilio de la persona demandada para la respectiva notificación o lo hará por edicto. Así mismo, dará 20 días luego de la notificación para que conteste la demanda. El abogado demandante había solicitado una notificación a través de mensaje directo de Twitter, la Sala consideró que ello no garantiza la notificación.
“Si promueve la reelección inmediata del Presidente, puede ser demandado en un proceso constitucional de pérdida de derechos cd la ciudadanía”. Efraín Arévalo, abogado constitucionalista @efrain23arevalo

Derechos que podría perder

 

La Sala dice no puede declarar pérdida de cualquier derecho fundamental y explica que son los derechos políticos los restringibles, ya que es un sinónimo de derechos ciudadanos en la Constitución.

 

  1. Ejercer el sufragio


El primer derecho político ciudadano establecido en el artículo 72 de la Constitución es el derecho al sufragio, es decir, el derecho a votar.

 

  1. Asociarse


El segundo es el derecho a asociarse para constituir partidos políticos de acuerdo con la ley e ingresar a los partidos políticos ya constituidos.

 

  1. Optar a cargos públicos


El derecho a optar a cargos públicos cumpliendo con los requisitos que determinan la Constitución y las leyes.