La Asamblea Legislativa aprobó hoy con 55 votos reformas a los artículos 30, 31 y 137 del Código Municipal, para incorporar el derecho de los ciudadanos de apelar decisiones administrativas o sancionatorias del alcalde, concejo municipal o empleados. Según el proyecto de reforma al artículo 30 será facultad del Concejo municipal, conocer en apelación las resoluciones de carácter administrativo o sancionatorio.

Con la modificación al artículo 31, los legisladores obligan a las autoridades municipales a responder en tiempo y “de forma motivada” a los recursos de apelación, de aquellas resoluciones que hayan causado algún agravio al usuario.

Con la reforma al artículo 137 del Código establece la obligación de admitir los recursos de apelación y cumplir con los plazos de ley para resolver y notificar. En caso de no resolver en plazo y no notificar, la resolución se dará favorable al usuario.

“Los usuarios tienen derecho a respuestas si se sienten afectados o agraviados por medidas de las municipalidades. Tendrán derecho a ser escuchados. Y la alcaldía podrá dar razón de la toma de dichas medidas”, dijo Catalino Castillo, diputado del FMLN.

Eileen Romero, diputada de ARENA, recordó que los ciudadanos no han tenido derecho a recursos de apelación. Consideró que es ha sido una “injusticia”. Los ciudadanos que se han sentido inconformes, han tenido que estar recurriendo a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia.