Desde el 2 de mayo del año 2015, el colombiano, Rafael Enrique Silva Zambrano, fue señalado por la Unidad de Investigación Financiera (UIF) de la Fiscalía como un lavador de dinero y se convirtió en blanco de persecución de una institución que en dos ocasiones ha perdido el caso, porque jueces de paz, jueces de instrucción, jueces de sentencia y hasta magistrados de cámara han concluido que el rentista de capital (persona dedicado al cambio de divisas), nunca ha cometido delito.

Los fiscales de la UIF por mucho que han agotado los recursos y las diferentes instancias siempre han perdido el caso judicialmente, ya que sus argumentos y sus pruebas lejos de incriminar al colombiano lo han beneficiado.

Este caso nace cuando Silva Zambrano, fue detenido en el Aeropuerto Internacional Monseñor Óscar Arnulfo Romero transportando en un maletín de mano $279 mil, ese día hizo escala en un vuelo procedente desde Cancún, México, con destino a Bogotá, Colombia.

Tras ser detenido la UIF lo acusó Juzgado de Paz de San Luis Talpa y en la audiencia inicial el juez de paz lo dejó en libertad, pero la Fiscalía apeló ante la Cámara de la Tercera Sección del Centro con sede en San Vicente y esa instancia revocó la resolución.

El extranjero al conocer esa resolución se presentó voluntariamente al Juzgado de Instrucción de san Luis Talpa, pero luego en una audiencia fue sobreseído y la UIF volvió apelar ante la misma cámara.

Ese tribunal superior ordenó que en una audiencia especial fuera enviado a juicio, la jueza de instrucción cumplió con lo ordenado por los magistrados y resolvió con un auto de apertura a juicio, pero le impuso medidas alternas a la detención a Silva Zambrano.



Al momento de la vista pública el extranjero lejos de huir a su país llegó para someterse al juicio en el Tribunal de Sentencia de Zacatecoluca, el juez de la causa lo absolvió de casos especiales de lavado de dinero y activos por no existir ningún delito y en su fallo hasta pidió disculpas en nombre del Estado de El Salvador por considerar que nunca infringió las leyes salvadoreñas.

Esa absolución fue apelada por la Fiscalía y la Cámara de San Vicente, ordenó un nuevo juicio el cual se instaló el 30 de enero de 2018 y otro juez de sentencia de Zacatecoluca que conoció el caso lo absolvió por segunda el pasado 14 de febrero.

En la vista pública el juez conoció la prueba testimonial y documental, esta última fueron en su mayoría documentos expedidos por las autoridades colombianas donde se señala que Silva Zambrano no tiene antecedentes penales y policiales, constancias de declaración de dinero ante entidades de hacienda de ese país siempre que salió a cambiar divisas a México y Estados Unidos.

“Se han presentado documentos que dan fe del origen del dinero del señor Silva Zambrano, todos esos documentos se entregaron al Tribunal de Sentencia de Zacatecoluca que resolvió que no se ha cometido delito de casos especiales de lavado de dinero y activos”, sostuvo Ricardo Miranda, defensor del colombiano.

En su fallo, el juzgador manifestó que Silva Zambrano en ningún momento ocultó o disfrazó el dinero que transportaba porque desde un inicio los mismos testigos de la Fiscalía (agentes de la DAN) manifestaron que llevaba el dinero en una maleta de mano y que no había compartimentos secretos.

El dinero lo llevaba a la vista y cuando los agentes antinarcóticos y de delitos financieros le preguntaron qué llevaba en la maleta, Silva Zambrano de forma espontánea les respondió que dinero y cuando le consultaron si se los podía mostrar él les respondió que sí.

Los mismos policías que declararon como testigos dijeron ante el juez que el extranjero en todo momento se mostró colaborador y que desde el principio les informó que se dedicaba al cambio de divisas y que el dinero que portaba era producto de esa actividad que por años ha realizado y que venía desde Cancún de cambiar divisas.

En su fallo, el juez sostuvo que está claramente definido que el dinero decomisado tiene una procedencia lícita ya que Silva Zambrano con abundante documentación probó que desde hace años se dedica al cambio de divisas.

Incluso, la prueba documental que la UIF presentó para tratar de probar el blanqueo de dinero, terminó sirviendo de prueba de descargo y la pretensión fiscal se revirtió y esto básicamente tiene que ver con la comisión rogatoria incorporada al juicio por el Ministerio Público.

La comisión rogatoria es un documento en el cual le pidieron cooperación internacional al Estado de Colombia, le solicitaron que certificada si Silva Zambrano ha tenido causas judiciales en ese país, si tiene antecedentes penales y si tiende declarado su dinero en Hacienda, respondiendo Colombia de forma positiva ya que en ninguna información habló mal del extranjero, ese tipo de prueba documental en vez de comprometer al procesado lo favoreció ya que fue valorado para emitir la sentencia absolutoria.

 

Tribunal dio constancia

Constancia que el juez de Sentencia de Zacatecoluca, La Paz, José Mauricio Henríquez Iraheta, emitió al colombiano Rafael Silva Zambrano, el pasado 14 de enero donde informa que fue absuelto de casos especiales de lavado de dinero y activos.