Durante época de emergencia o crisis, como el actual contexto de inimaginable impacto por la pandemia por COVID-19, los detentadores del poder tienen la tendencia a reclamar potestades extraordinarias – la cual es plenamente lógico-, pero en países como el nuestro (o como, por ejemplo, en Hungría, o en Filipinas), de débil institucionalidad y una historia de autoritarismo y caudillismo, existe el riesgo que los titulares del poder público, aprovechando la situación extraordinaria, ejerzan el poder –sobre todo, el de la fuerza- de modo arbitrario y abusivo, haciendo caso omiso de todas las reglas democráticas, obviando la ley y la Constitución.

Frente a ello, no es fútil tener en cuenta que, como ha escrito un amigo, “el Estado de Derecho no está en cuarentena”.

En efecto, frente a la idea que la lucha contra la pandemia exige echar por la borda las reglas constitucionales, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (SCn/CSJ), con motivo de la admisión de una solicitud exhibición personal o hábeas corpus, ha declarado:

“Esta Sala no cuestiona la buena voluntad, ni le corresponde en esta ocasión verificar las bases empíricas de las medidas gubernamentales frente a la pandemia del CODIV-19, pero es indispensable recordar que, como se expresa en los “Principios de Siracusa” (Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidad, 28/8/1984), el ejercicio de los poderes excepcionales del Estado no tiene lugar en un vacío jurídico; incluso frente a los peligros extraordinarios, el Estado solo puede procurar el bien común bajo la Constitución. La finalidad de protección de derechos como la salud o, incluso la vida, no puede ser un pretexto para cancelar las garantías básicas de defensa y respeto de los demás derechos fundamentales. La Constitución permite la limitación justificada de los derechos de las personas, pero establece unas formas esenciales inderrogables para ello. La Constitución no es un obstáculo para hacer frente a la grave amenaza de esta pandemia, es el único camino posible para las acciones estatales dirigidas a lograrlo”,

Acierta la SCn/CSJ, pero más allá de la observancia de las normas jurídicas, es esencial tener en cuenta que una época de crisis, al concederle poderes extraordinarios al gobierno, es casualmente la mayor oportunidad para demostrar en los hechos, la vocación democrática o no de los gobernantes.

Y es que, sobre todo en época de crisis es cuando se necesita que funcione, por supuesto, de modo ágil y eficaz, el DIÁLOGO SOCIAL, pues únicamente observando las reglas democráticas que suponen y sustentan un Estado constitucional de Derecho, es viable afrontar una emergencia.

Por ello, sin incurrir en finezas académicas, desde hace muchos años se habla de constitucionalismo dialógico, diálogo constitucional o, utilizando una expresión casi poética, de la Constitución de la conversación.

Por supuesto, en tanto la Constitución no es un patrimonio ni de abogados y menos de especialistas en derecho constitucional, el diálogo constitucional no se reduce, en ninguna forma, a un debate socialmente reseco; incluso, dicho diálogo no se limita a los planteamientos de los intérpretes profesionales de la Constitución, sino que, sin desmeritar el papel de estos, tal diálogo presupone la intervención de todos los grupos y sectores sociales.

Lo anterior me trae a la memoria los seminarios con don Eduardo (que se apellidaba García de Enterría), quien insistía en la FUNCION INTEGRADORA DE LA CONSTITUCIÓN: en esencia, la Constitución no es obstáculo, es la vía para la conversación, el diálogo y la sinergia social.

En el país, aunque el gobierno ha tomado decisiones valientes y acertadas, también se ha incurrido en patéticos errores comunicacionales y de ejecución: bien es cierto que frente a situaciones de emergencia se incurre en errores, pero el problema es que en una crisis sanitaria, los errores de los gobernantes son mortales.

Por ello, en esta crisis, el gobierno debió –o, quizá, todavía debe- solicitar el apoyo de especialistas, como médicos infectólogos, ingenieros en sistemas, matemáticos estadísticos, empresarios con experiencia en equipamiento y distribución, abogados (sobre todo, constitucionalistas, administrativistas y laboralistas); amén de establecer una mesa de conversación con la oposición política.

Estamos convencidos que todos los salvadoreños llamados a colaborar daríamos el paso al frente, echaríamos el hombro: el IIDC SV siempre lo estuvo (y lo está).