Desde hace mucho tiempo se considera a la salud un bien público y todos estamos obligados a cuidar por su preservación. Esto, por supuesto, incluye al sector privado que puede disponer de recursos y horarios de trabajo de forma que ayude a mantener este derecho fundamental.
Por otra parte, el Artículo 66 de la Constitución establece que para evitar la propagación de enfermedades transmisibles, toda persona está obligada a someterse al tratamiento. Estas posibilidades no implican sin embargo que puedan ampliarse las medidas de cuarentena hasta constituir una restricción ilegítima a las libertades individuales.
Hay críticas e inconformidad, por supuesto, por las medidas que en parte son extremas y han provocado molestias en el aeropuerto y puestos fronterizos, pero también hay un fin ético de salvar vidas. Un razonable equilibrio de las necesidades de prevención y la contención de la enfermedad puede ser más efectivo y ahorrar más recursos al Gobierno, que la concentración de potenciales enfermos que agraven el contagio. Hay que estudiar con serenidad lo que ha funcionado en otros países y aplicar lo mejor para contener la epidemia y proteger a la ciudadanía.