Diputados de todos los partidos votan en la Comisión de Reformas Electorales. Foto: Asamblea Legislativa.


La Comisión de Reformas Electorales acordó la aprobación de un conjunto de reformas al Código Electoral para obligar a diferentes autoridades a reportar en un plazo las muertes o condenas firmes de las personas, con el fin de que sean descargadas del padrón electoral.

La propuesta de reforma indica que los jefes del registro de estado familiar de las alcaldías deberán reportar las defunciones en 30 días hábiles al Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) y a su vez este tendrá 30 días hábiles para informar al Tribunal Supremo Electoral (TSE). Si el dato es corregido, el plazo de 30 días iniciaría nuevamente.

El decreto fue aprobado por unanimidad.

En noviembre de 2019, el presidente de la República, Nayib Bukele, devolvió vetada una primera reforma que establecía un plazo de 15 días hábiles, porque consideró que violaba “los principios de democracia, pluralismo, publicidad, contradicción, libre debate y discusión”, ya que no había sido consultada.

El diputado René Portillo Cuadra, presidente de la comisión, sostuvo que la nueva reforma fue consultada con representantes de la Corporación de Municipalidades de El Salvador (Comures) y del Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN).