Peter HÄBERLE dice que el Estado constitucional y la democracia se contraponen a cualquier tipo de Estado totalitario de la naturaleza o color que sea, así como a cualquier ambición de verdad absoluta y a cualquier monopolio de información e ideología totalitaria. En el Estado Constitucional de Derecho, debe prevalecer la racionalidad de la separación de poderes y los límites de las facultades constitucionales de los Gobiernos. En el sistema democrático constitucional salvadoreño, la Sala de lo Constitucional es el máximo y último intérprete de la Constitución. De allí que los jueces que integran dicho Tribunal, tienen una responsabilidad jurídica, democrática y ética con los salvadoreños en sus resoluciones.

Los derechos fundamentales y las libertades, de todos los habitantes de la República, están protegidos por la Constitución, en su carácter de norma de jerarquía superior, a la cual los funcionarios del Estado –y los particulares- se han sometido a acatar y hacer cumplir. Ese carácter normativo de la Constitución debe tener como resultado limitar el poder público por medio del Derecho, garantizar el ejercicio pleno de los derechos fundamentales y el acceso a la protección jurisdiccional.

Ahora bien, el riesgo latente para la democracia constitucional y la convivencia humana, es la intolerancia de los poderes fácticos entre sí, así como la afectación a la dignidad de la persona. La democracia debe dar respuesta a los legítimos reclamos de los derechos fundamentales de sus ciudadanos, como es el acceso al agua potable, la protección a la vida e integridad y libertades; el derecho al acceso a la verdad de las víctimas históricas (de la guerra civil), a la defensa de las víctimas de la violencia, del desplazamiento forzado y la desaparición forzada. Estas exigencias no pueden ser meramente formales, sino efectivas y reales. El sistema de justicia debe procurar establecer los cauces para esos legítimos reclamos.

Las exigencias de la sociedad salvadoreña actual, incluyen, sin perjuicio de otras acciones públicas, la protección a la intimidad e integridad, a la libertad de expresión, la libre difusión del pensamiento frente a los ataques cibernéticos, a la transparencia e integridad de las actuaciones de los funcionarios públicos, a la rendición de cuentas y acceso a la información pública.

La Constitución prevé el derecho al desarrollo económico: una economía moderna inclusiva que brinde oportunidades, libertades y seguridad jurídica a empresarios y trabajadores. Los trabajadores tienen derecho a fuentes de trabajo y salario digno.

De allí que se pueda afirmar que la Constitución es el instrumento por medio del cual se ordena jurídicamente al poder. Los partidos políticos, los funcionarios públicos, los poderes fácticos y los políticos deben ser conducidos bajo la fuerza normativa de la Constitución. La efectividad de la fuerza normativa no requiere el consentimiento de estos, sino su cumplimiento.

ZAGREBELSKY afirma que la Constitución, en un Estado de Derecho moderno, configura un patrimonio cultural de la nación, que no está en un museo, sino que convive diariamente con el ciudadano. La Constitución fija los presupuestos sustanciales de la convivencia. Los principios y las reglas del ejercicio del poder político. Es por ello que la Constitución está por encima y afuera de las batallas políticas. La Constitución, por lo tanto, no puede ser convertida en rehén de ningún partido político, de ningún funcionario público tampoco es un programa de gobierno personal, sino de la nación.

De allí que el sistema y el ordenamiento jurídico salvadoreño, reconoce a la Constitución como la norma jurídica suprema, fundamental y aplicable con fuerza normativa. La supremacía de la norma constitucional sobre el ordenamiento jurídico, está basada en la construcción de su fuente originaria: la expresión del pueblo a través del poder constituyente. Es la soberanía popular la base de la superioridad normativa de la Constitución (soberanía normativa) sobre las demás fuentes del ordenamiento jurídico, a la cual está sometido el poder público.