Titulares de las autónomas, excepto el IAIP, asistieron a la Asamblea Legislativa para presenciar el paquete de reformas. Fotografía: @AsambleaSV


El Órgano Legislativo salvadoreño aprobó en su sexta plenaria ordinaria, que duró hasta madrugada 23 polémicas reformas en El Salvador.

Esta legislatura ha realizado diferentes reformas desde el 1 de mayo: destituyó a la Sala de lo Constitucional y al fiscal general, aprobó la ley de inmunidad, la reforma a la Ley de Imprenta y ha aprobado $1,530 millones de préstamos.

En su sexta sesión plenaria ordinaria, la Asamblea cambió cambia las reglas para elegir a los miembros del sector privado de cada institución autónoma, con el objetivo de que sea un ministerio o la misma Presidencia de la República de elegir a los representantes del sector privado.

También, estas 23 reformas le dan la facultad de remoción al Ejecutivo e incluyen entre las razones de remoción los conflictos de intereses y las influencias indebidas.

Además, no obliga que dichos representantes del sector privado no pertenezcan obligadamente a gremiales o a la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), una asociación que reúne 55 gremiales en las cuales hay 15,000 empresas. El propio presidente y diputados de Nuevas Ideas manifestaron que la intención es excluir a la ANEP.

Estas fueron las reformas:

1. ISSS: Instituto Salvadoreño para el Seguro Social

El Consejo Directivo está conformado por el ministro de trabajo, 4 miembros gubernamentales, 2 representantes de los trabajadores, 2 representantes patronales, 1 del Colegio Médico, 1 de la Sociedad Dental y 1 del Instituto.

Ley actual da la facultad de elegir a los 2 representantes patronales a las “organizaciones patronales”.

La reforma da la facultad de elección al Ministerio de Economía, de candidatos propuestos por el “dicho sector” que “no estarán obligados a pertenecer a gremiales del sector patronal” en una Asamblea convocada por el Ministerio de Economía. Si no hay propuestas, el director general designará los candidatos.

Así mismo, el pleno no tendrá la potestad de remoción sino la ministra de Economía.

 

2. ANDA: Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados.

La Junta de Gobierno de la ANDA está conformada por 6 miembros: presidente y 5 nombrados por ministerios y Cámara de la Industria de la Construcción.

La reforma indica que el director del sector privado será nombrado por ministro de Obras Públicas de candidatos propuestos por el sector privado –no obligados a pertenecer a gremiales del sector privado– por una Asamblea convocada por dicho ministerio. Los candidatos deberán ser personas “relacionadas al tema del agua”.

También, da facultad de remoción al Ministerio de Obras Públicas.

 

3. Cifco: Centro Internacional de Ferias y Convenciones

La Junta Directiva del Cifco es conformada por: el presidente de la República, dos directores nombrados por Relaciones Exteriores y Turismo, dos directores del sector gubernamental electos por el presidente de un listado de candidatos de las gremiales de la empresa privada

La ley actual indica que los representantes del sector privado son electos por las gremiales de la empresa privada. Una reforma de 2012 fue declarada inconstitucional.

La reforma dice que los 2 directores del sector privado serán electos por Presidente de la República, de candidatos propuestos por el sector en Asamblea convocada por el Ministerio de Economía. Los candidatos deberán ser especializados en ciencias económicas, contaduría y auditoría.

1 director del sector privado será nombrado por el Presidente de la República de propuestos por el sector en Asamblea convocada por el Ministerio de Economía. Los candidatos deberán ser especializados materia agropecuaria e industrial.

Los proponentes no estarán obligados a pertenecer a gremiales.

 

4. Banco Central de Reserva (BCR)

El Consejo Directivo está conformado así: 1 presidente nombrado por el Presidente de la República, 1 vicepresidente, 2 directores, nombrados por el presidente de ternas propuestas por ministerios de Hacienda y Economía, 2 directores del sector no gubernamental (de gremiales), 1 director de una terna propuesta por universidades privadas.

La reforma indica que los 2 directores del sector privado sean nombrados por el Presidente de la República de propuestos por el sector –no obligados a pertenecer a gremiales del sector privado– en Asamblea convocada por el Ministerio de Economía.

 

5. Consejo Nacional de Calidad

La ley actual indica que el Consejo tiene 18 miembros, de los cuales 1 representante del sector productivo industrial o agroindustrial, electo de gremiales legalmente constituidas, y 1 representante del sector de la pequeña y mediana empresa, electo de gremiales

La reforma indica que los 2 representantes sean electos por el Ministerio de Economía: 1 de propuestas por empresas privadas del sector productivo industrial o agroindustrial; y el otro del sector pequeña y mediana empresa, “indistintamente los proponentes formen parte o no de una gremial”.

 

6. Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Conamype)

La reforma indica que, de la junta directiva integrada por 8 miembros, el representante del sector privado elegido por el Ministerio de Economía de propuestas de empresas privadas –aun sin pertenecer a gremiales de las mypes. También da poder de remoción del Ministerio de Economía.

 

7. Fovial: Fondo de Conservación Vial

La ley actual indica que el Consejo Directivo tiene 7 miembros, 3 de los cuales representan a gremiales de la ANEP, de sectores comercio, industria, agropecuario o de servicios.

La reforma señala que los 3 representantes sean nombrados por el MOP de candidatos propuestos por dicho sector, no obligado a pertenecer a gremiales, en Asamblea convocada según un reglamento.
Solo en Fovial hay alguien que fue director por seis años... Es director ejecutivo de Casalco, es director de Fovial, fue director ejecutivo del RNPN y director ante la AMP, lo que vemos es una rueda de caballitos, solo responden a una gremial, no a los intereses del pueblo salvadoreño”. Christian Guevara, diputado de Nuevas Ideas.



8. Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA)

La ley actual indica que la junta directiva es conformada por un presidente y 6 directores, 2 de los cuales son propuestos por el sector privado.

La reforma ordena que los 2 directores sean nombrados por el Presidente de la República de propuestas del sector privado –no estarán obligados a pertenecer a gremiales– en una Asamblea convocada por el MOP, según un reglamento. También faculta a la Presidencia a removerlos.

 

9. Fondo de Inversión Social de El Salvador (FISDL)

La ley actual detalla que el Consejo de Administración está conformado por 5 miembros, 1 es representante de las organizaciones privadas dedicadas al desarrollo social.

La reforma da la facultad de que el director representante del sector privado será seleccionado y nombrado por el comité social del gobierno de propuestas de dicho sector en una Asamblea convocada por el Ministerio de Desarrollo Local. Los proponentes no estarán obligados a pertenecer a gremiales del sector privado.

 

10. Organismo Promotor de Exportaciones e Inversiones de El Salvador (Proesa)

El Consejo Directivo, integrado por 8 miembros, tiene 2 directivos del sector privado. La reforma deja la elección de los 2 directivos al Presidente de la República, de propuestas del sector –personas no obligadamente miembros de gremiales– en Asamblea convocada por el Ministerio de Economía. También le da facultad de remoción al Presidente y amplía causales.

 

11. Corporación Salvadoreña de Turismo (Corsatur)

La ley actual indica que la Junta Directiva tiene 8 directores, 4 propuestos por las asociaciones empresariales privadas relacionadas con el sector turismo integradas en la Asociación.

La reforma indica que el presidente nombrará los 4 directores representantes del sector privado, de propuestas del Ministerio de Turismo, conformadas por candidatos del sector empresarial turístico aunque no formen parte de la gremial.

 

12. Superintendencia de Electricidad y Telecomunicaciones (Siget)

La Junta de Directores es conformada por 3 miembros, 1 del sector privado.

La reforma se da para que el director sea nombrado por el Ministerio de Economía de propuestas del sector –no obligados a pertenecer a gremiales del sector privado– en una Asamblea convocada por el mismo Ministerio.

 

13. Autoridad de Aviación Civil (AAC)

El Consejo Directivo está integrado por 5 miembros, 2 del sector privado.

Con la reforma, el Presidente de la República elegirá a los 2 directores del sector privado de propuestas del sector – no obligados a pertenecer a gremiales del sector privado– realizadas en una Asamblea convocada por el MOP de personas especializadas en temas relacionados a la aviación.

 

14. Fondo Nacional de Vivienda Popular (Fonavipo)

La Junta directiva es integrada por 9 miembros, de los cuales 1 representante de asociaciones de ingenieros y de gremiales privadas de construcción.

La reforma faculta al Ministerio de Vivienda a elegir al representante del sector privado en el rubro de construcción de candidatos propuestos en una Asamblea según normativa interna. La reforma no indica por qué autoridad sería convocada la Asamblea. El Ministerio podrá removerlos.

 

15. Autoridad Marítimo Portuaria (AMP)

El Consejo Directivo es conformado por 5 miembros, 2 del sector privado. La reforma faculta al Presidente de la República para que nombre a los 2 representantes del sector privado de propuestas del sector en Asamblea convocada por el MOP.

 

16. Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión (Fosep)

El Consejo Directivo, que tiene 5 directivos, tiene 1 director nombrado por la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP).

Con la reforma, el Ministerio de Hacienda elegirá al director del sector privado de propuestas en Asamblea convocada por dicho Ministerio. El sector proponente no está obligado a pertenecer a gremiales.

 

17. Banco Salvadoreño para el Desarrollo (Bandesal)

La Asamblea de Gobernadores y la Junta Directiva tienen 9 miembros, 3 del sector privado.

Con la reforma, el Ministerio de Agricultura elegirá al representante del sector agropecuario y el Ministerio de Economía a los 2 representantes de los sectores industrial, y de la micro, pequeña y mediana empresa. Proponentes pueden no ser de gremiales.

 

18. Fondo Social para la Vivienda (FSV)

La Asamblea de Gobernadores tiene 9 miembros, 2 representantes del sector patronal.

Con la reforma, el Ministerio de Vivienda nombrará a los 2 representantes del sector privado de propuestas por dicho sector en una Asamblea. No detalla quién convoca. Proponentes pueden no ser de gremiales.

 

19. Ley de formación profesional. Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (Insaforp)

El Consejo Directivo, de 4 representantes –gobierno, empleador y laboral, más dirección ejecutiva. Con la reforma, el Presidente de la República elegirá al representante del sector empleador de propuestos en Asamblea convocada por el Ministerio de Trabajo. Los proponentes pueden no pertenecer a gremiales del sector empleador.

 

20. Instituto Salvadoreño del Turismo (Istu).

De la junta directiva, de 6 directores, los 2 del sector privado relacionados al turismo serán electos por el presidente de la República de propuestas de Asamblea convocada por el Ministerio de Turismo. Los proponentes pueden no pertenecer a gremiales del sector privado.

 

21. Instituto de Acceso a la Información Pública

La terna propuesta por el sector empresarial no necesariamente será de asociaciones empresariales. Ministerio de Economía convocará al sector empresarial, pero los proponentes no estarán obligados a pertenecer a asociaciones empresariales.

 

22. Fondo Ambiental de El Salvador (Fonaes)

El presidente de la República nombrará a los 2 representantes del sector privado de propuestas por el sector en Asamblea convocada por el MARN. Los proponentes pueden no pertenecer a gremiales del sector privado. La directiva es conformada por 8 miembros. Deberán ser especializados en temas relacionados a las ciencias ambientales y desarrollo sostenible.

 

23. Instituto Salvadoreño de Rehabilitación (Isri)

La directiva tiene 9 directores. El ministro de Salud elegirá al representante del sector privado de propuestas del sector realizadas en una Asamblea convocada por el Ministerio de Salud. Los proponentes pueden no pertenecer a gremiales del sector privado.