La Presidencia de la República anunció ayer su decreto ejecutivo número 19, un segundo intento por declarar un estado de emergencia sin la participación de la Asamblea Legislativa. Esta acción, para algunos juristas, necesita aval del congreso para no incumplir la suspensión ordenada por parte de la Sala de lo Constitucional.

El decreto, avalado por un informe de Protección Civil, deja sin efecto al número 18, cuyos efectos fueron suspendidos por una medida cautelar del máximo tribunal. Los “efectos legales” del anterior decreto, sin embargo, se mantienen en la nueva declaratoria, por lo que la Sala podría invalidar la emergencia nuevamente, asegura Eduardo Escobar, director ejecutivo de Acción Ciudadana.

“Lo que ha dicho la Sala es que revisa si el Ejecutivo invadió una competencia del Legislativo. La Sala puede hacerlo (suspender la emergencia) dando seguimiento a la demanda anterior”, aseguró.

Según Escobar, al emitir una nueva ley, el legislador trata de “burlarse de la Sala”, derogando el decreto que se suspendió y evitando que la Sala pueda conocer la nueva legislación hasta que se presente un nuevo recurso.

No obstante, “se está decretando un estado de emergencia por parte del Ejecutivo, y en eso subsiste el mismo defecto”, argumentó.

El abogado de la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (Fespad), Saúl Baños, coincidió en que la Sala de lo Constitucional está facultada para conocer del proceso a pesar de la derogatoria.

El Ejecutivo, explicó, reactiva medidas de cuarentena, compras directas y transferencias monetarias con esta disposición; no obstante, comete un “fraude de ley” al buscar sortear el fallo de la Sala.

La abogada de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas, Ruth López, aseguró que “cualquier normativa que lleve a una limitación y suspensión de derechos debe estar en ley formal”, y específicamente durante la emergencia ante la epidemia COVID-19, por la resolución de la Sala de lo Constitucional en el hábeas corpus 148-2020.

 

Urgen acuerdo

Los abogados coinciden en que tanto el Ejecutivo como la Asamblea Legislativa necesitan reunirse para emitir un solo decreto de emergencia en consenso, así como acordar las medidas sanitarias para la cuarentena. La abogada Tahnya Pastor explicó que “el escenario ideal es una sola ley un solo decreto ejecutivo”, debido a que la emergencia “se ha convertido en una crisis política de pugna de poderes”.

El artículo 24 de la Ley de Protección Civil permite que la Presidencia si la Asamblea no está reunida, condición que es objeto de discordia.