La Comisión Política, presidida por el diputado Alberto Romero, de Arena. Foto: Diario El Mundo.


Los diputados de la Comisión Política de la Asamblea Legislativa tienen en sus manos un borrador del proyecto de Ley Especial de Justicia Transicional y Restaurativa para la Reconciliación Nacional. Es un documento de 42 artículos y 20 páginas. Una subcomisión dirigida por el pecenista Roberto Angulo se los entregó esta mañana frente a un grupo de periodistas.

El borrador sería la base con la cual la Asamblea Legislativa busca cumplir la sentencia de la Sala de lo Constitucional que declaró inconstitucional la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz aprobada en 1993.

El diputado Leonardo Bonilla, no partidario, objetó, minutos después, el proyecto y lo tildó de burla, porque sustituye la prisión por trabajos de utilidad pública bajo ciertas condiciones.

Este es un resumen del proyecto de normativa, incluidos los artículos que generan polémica entre organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales, y diplomacia internacional.

Un listado por una ocasión: El artículo 5 indica que el fiscal, dentro de cinco meses, aprobará una política especial para investigar y juzgar crímenes, y elaborará "en una sola ocasión un listado de casos a ser investigados y procesados judicialmente. Este artículo indica que el fiscal podrá recibir propuesas de investigación "dentro del segundo y tercer mes" de vigencia de la ley. El fiscal lo resolverá dentro de 10 días y podrán presentar demanda de amparo. Luego de la publicación del listado, será cerrado. Los casos excluidos no serán juzgados por considerarse no delitos de lesa humanidad.

Suspensión de prisión: El artículo 12 dice que las penas serán suspendidas de oficio por el juez si el imputado es condenado a penas de hasta 10 años de prisión.

Sustitución de prisión: El artículo 12 dice que si las condenas son mayores a 10 años de prisión, "se sustituirá por la pena de prestación de trabajo de utilidad pública en jornadas de trabajo fijadas en la respectiva resolución, cuyo límite mínimo será de tres años y el límite máximo será de diez años" según la gravedad del delito.

Reparación civil: El monto de la reparación civil en el proceso estará acorde a la capacidad y sin afectar el proyecto de vida de la persona condenada y su familia.

Sin detención: El artículo 13 indica que las personas imputadas en los procesos "no podrán ser detenidas por orden administrativa o judicial salvo que no atiendan los citatorios de la autoridad competente y no serán sujeto de la medida cautelar de la detención provisional", sino "únicamente la medida cautelar de presentarse ante el juez de la causa".

Comisión de la Verdad: El artículo 21 indica que el informe de la Comisión de la Verdad "no tendrá valor probatorio para los mecanismos de justicia transicional regulados en la presente ley".

Duraría cinco años: El artículo 40 dice que para iniciar investigación y juzgamiento, la ley tendrá una aplicabilidad de cinco años y podrá ser prorrogada una sola vez por un máximo de dos años.

Así mismo, hay algunas disposiciones condicionadas a las capacidades financieras que tenga el Estado: el Museo Nacional de la Memoria Histórica, el Programa Nacional de Reparaciones que hará procesos de reparación colectiva como obras o medidas de reparación; la pensión mensual y la indemnización de 10 salarios mínimos.

Por otra parte, el proyecto prohíbe la extradición pasiva para cualquier caso (artículo 14), se les inhabilita de sus cargos de funcionario público, obliga a las instituciones públicas y privadas poner a disposición archivos expedientes y documentación relacionada a los crímenes y prohíbe expresamente la amnistía para crímenes de lesa humanidad o graves violaciones al derecho internacional humanitario.

También, plantea una Comisión Nacional de Búsqueda de carácter humanitario y no jurisdiccional que colabore en la ubicación e identificación de restos.