El delito de lavado de dinero que la Fiscalía General de la República atribuye al expresidente Elías Antonio Saca, Juan Tennant Wrigth Castro y Gerardo Antonio Balzaretti Kriete, ya había prescrito cuando el caso fue judicializado, el 1 de marzo de 2019, por lo que la Cámara Segunda de lo Penal los exoneró de forma definitiva.

Este proceso tiene que ver con los $10 millones que Taiwán donó a El Salvador entre octubre del año 2003 y abril del año 2004, para ejecutar cuatro proyectos. Según el Ministerio Público, el delito fue cometido el 30 de abril de 2004 y hasta el 1 de marzo de 2019 fue acusado, es decir, cuando ya habían transcurrido 14 años y 11 meses.

En su resolución, la Cámara cuestiona a la Fiscalía, porque, conociendo del supuesto ilícito el 21 de enero de 2014, fecha en la que habían pasado nueve años y nueve meses después de la emisión del último cheque, decidió llevar el caso a sede judicial cinco años después, permitiendo que el delito prescribiera.

Las magistradas en su resolución mencionan que el argumento principal de su decisión es que “al momento en que se inició el proceso penal, ya habían transcurrido más de diez años de haber sucedido los hechos.

La aplicación del plazo de diez años obedece a que la institución de la prescripción, es una figura procesal pero que tiene estrecha relación con el fondo de los hechos, por lo que, ante la presencia de dos normas que regulan plazos diferentes para la misma figura jurídica, como son el Código Procesal Penal derogado del año 1987 y el Código Procesal Penal vigente desde el año 2010, es posible aplicar la norma que es más favorable para la persona que se encuentra siendo procesada”.



En esta causa, la Cámara aplicó el Código Procesal Penal derogado cuya prescripción tiene un plazo de diez años, es decir, que la Fiscalía debió haber acusado a Saca y los empresarios antes del 30 de abril del año 2014.

“Sin embargo dicha desidia fiscal en el inicio del proceso no ha sido responsabilidad de la administración actual del fiscal general de la República, sino de la que se encontraba en actuaciones cuando se tuvo conocimiento del caso”.

El fiscal que estuvo al frente del Ministerio Público en ese entonces era Luis Martínez, quien fue juramentado en la Asamblea Legislativa el 4 de diciembre de 2012 por un período de tres años que culminó en el 2015.

En la misma resolución la Cámara Segunda de lo Penal dice que la extinción de la responsabilidad penal no lleva consigo la extinción de la civil, por lo que Saca y los empresarios deberán enfrentar un juicio de responsabilidad civil.

El fiscal general, Raúl Melara, reaccionó a los señalamientos que la Cámara hizo: “Otros pasaron por este despacho sin tomar acción y ahora vemos los resultados. En mi administración esto no va a suceder”, dijo.

 

El caso

 

30/04/2004

Según FGR, en esta fecha se emitió el último cheque hacia la cuenta del centro de estudios Rodríguez Porth e inició el plazo de prescripción.

 

21/01/2014

De forma documental la Fiscalía conoció del supuesto lavado de dinero, a esa fecha ya habían transcurrido nueve años y nueve meses.

 

30/04/2014

Se cumplieron 10 años desde que se cometió el delito y prescribió, la Fiscalía pese a que conoció del hecho no presentó acuso.