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La Fiscalía General de la República (FGR) apeló este viernes el fallo que absolvió a Evelyn Hernández, de 21 años, acusada por la muerte de su bebé al dar a luz, bajo una severa ley contra el aborto.

Un "recurso de apelación al fallo absolutorio" fue presentado para que un tribunal superior examine la prueba de la responsabilidad penal contra Hernández "en el homicidio de su hijo", indicó la Fiscalía General en un comunicado.

El 19 de agosto, el juez José Jurado Martínez absolvió a Hernández de la muerte de su bebé, un caso por el cual la fiscalía había presentado cargos de homicidio agravado y pedido una condena de 40 años de prisión.

"Este recurso de apelación es la manifestación de la protección legal del bien jurídico principal, que es la vida de un ser indefenso que dependía absolutamente del cuido de su madre", sostuvo la fiscalía.

La apelación fue presentada ante el mismo tribunal de sentencia que absolvió a Hernández para que éste lo traslade ante una cámara superior.

Una de las abogadas que defiende a Hernández, Bertha María Deleón, dijo tras saber de la apelación que es una "vergüenza que insistan en perseguir penalmente a una mujer sin pruebas de que cometió delito".

El caso de Hernández se remonta al 6 de abril de 2016, cuando la joven tuvo un parto extrahospitalario en una letrina. Luego, al llegar a un hospital de la oriental ciudad de Cojutepeque, fue detenida y acusada de homicidio agravado.

Un tribunal la condenó en 2017 a 30 años de cárcel, pero en febrero pasado, tras pasar casi tres años presa, la Corte Suprema ordenó su libertad y la apertura de un nuevo juicio con un tribunal diferente.

En ese nuevo juicio fue absuelta de los cargos.

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En El Salvador hay 16 mujeres encarceladas por abortos o pérdidas gestacionales, en algunas casos en contextos de emergencias obstétricas, bajo la drástica legislación que prohíbe la interrupción del embarazo en todas sus formas.

El Código Penal salvadoreño, en su artículo 133, establece una pena de 2 a 8 años por aborto. Sin embargo, fiscales y jueces tipifican los casos de aborto, incluso los espontáneos, como homicidio agravado, un delito penado con 30 a 50 años de prisión.