Basándose en el artículo 24 de la Ley de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres, la Presidencia de la República decretó 30 días de emergencia nacional, luego que la Asamblea Legislativa no prorrogara el Estado de Emergencia que finaliza el 16 de mayo a las 11:59 de la noche.


"Si la Asamblea Legislativa no estuviera reunida podrá el presidente de la República decretar el Estado de Emergencia, debiendo informar posteriormente al Órgano Legislativo, con base a lo cual el señor presidente la República, a través de decreto ejecutivo, decreta estado de emergencia; por lo tanto se mantiene todos los señalamientos contenidos en el decreto 593, es decir, no se ha tocado una coma con el fin de garantizar, de (no) violentar derechos constitucionales, ya que, así la misma norma lo establece", dijo el secretario jurídico de Casa Presidencial, Conan Castro.



El funcionario explicó que con esta declaratoria de emergencia, desde el Ejecutivo, se garantiza que las clases sigan suspendidas, también los pagos de agua, luz, teléfono y cable; asimismo que se mantenga la estabilidad laboral y se mantengan cancelados los espectáculos públicos.


"Se mantienen justo la ley de emergencia como estaba decretada en su totalidad, solo es una réplica a fin de mantener la garantía de los derechos fundamentales de la salud y de la vida de la población; estamos garantizando constitucionalmente a las personas, estamos generando seguridad jurídica", agregó Castro.



Previamente, el ministro de Gobernación, Mario Durán, rindió un informe de parte de la Comisión Nacional de Protección Civil, donde concluyó que se hay un "elevado riesgo y peligro" y que es justificable "seguir con las medidas de la cuarentena en el Estado de Emergencia Nacional".


Tanto Durán como el ministro de Salud, Francisco Alabí aseguraron que el sistema de Salud está al borde del colapso, debido a la pandemia del COVID-19.