Los transportistas deberán instalar un GPS en un máximo de 12 meses. / DEM


El Gobierno pide un subsidio retroactivo al transporte colectivo desde el 1 de julio pasado en el proyecto de “Ley transitoria para la entrega de la compensación económica y estabilización de las tarifas del servicio público de transporte colectivo y masivo de pasajeros”.

La propuesta reviviría el cobro de $0.10 por galón de combustible como contribución especial para la estabilización de las tarifas del servicio público del transporte colectivo y masivo de pasajeros.

El proyecto implicaría el pago de subsidio a partir de julio. “El presente decreto es de orden público, por lo que sus efectos se retrotraen al día uno de julio de dos mil veinte”, reza el artículo 23 propuesto en el proyecto entregado por el ministro de Obras Públicas y de Transporte, Romeo Rodríguez Herrera, el 19 de agosto.

La propuesta fue recibida este jueves en la sesión plenaria y pasó a estudio de la Comisión de Hacienda.

El Ministerio de Obras Públicas pide condicionar el pago de la compensación económica a los transportistas a utilizar en sus unidades un Sistema de Posicionamiento Global (GPS) y la exposición de los datos al Viceministerio de Transporte.

Sin embargo, propone que los transportistas tengan “un plazo máximo de doce meses a partir de la vigencia del presente decreto para instalar e implementar en cada una de sus unidades un GPS”.

Mientras tanto, presentarían una declaración jurada en donde declaran que han operado por lo menos 21 días.

De acuerdo al proyecto, la compensación se entregará de manera mensual: $200 por cada microbús y $400 por cada autobús. La instalación de un validador de cobro electrónico “será opcional”, según el proyecto del MOP.

También podrán obtener el subsidio o compensación de $0.04 por pasajero movilizado.

 

21 DÍAS de operación

Una de las condiciones para autorizar el pago de la compensación económica sería, según el artículo 8 propuesto, garantizar que “cada unidad haya operado como mínimo 21 días al mes”.

Si por la vigencia de la ley no se puede contabilizar los 21 días, los empresarios de transporte deberán recibir la compensación. Si no pueden cumplir, la compensación se entregaría proporcionalmente a los días que dieron servicio.