La mayoría son puntos de venta de ropa. / DEM


El Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor activó 41 nuevos procedimientos sancionatorios en contra de establecimientos por posible publicidad engañosa, una infracción de los artículos 30 y 31 de la Ley de Protección al Consumidor (LPC).

A través de un comunicado difundido ayer, la Defensoría explicó que la mayoría de los casos están sustentados por la falta de información en promociones u ofertas y publicidad engañosa, al no detallar la vigencia de promociones ni las condiciones o restricciones al momento de la compra.

Durante los primeros seis meses de 2019, el Observatorio de Publicidad de la Defensoría recibió estas denuncias y procedió a realizar las inspecciones, en donde detectó las posibles infracciones. Los hallazgos determinaron que 22 de los casos, más de un 53.7% del total, corresponden a almacenes de ropa, zapatos y accesorios.

En segundo lugar se ubican los restaurantes, con seis casos que representan el 14.6 % de las denuncias, seguido por los supermercados y establecimientos de venta de tecnología con tres casos, un 7.3 %.

Además, las ópticas y almacenes de muebles y electrodomésticos acumularon un 4.9 % de las denuncias, con dos casos cada uno; mientras que establecimientos de venta de vehículos, librerías y hospitales, reportaron una denuncia cada uno.

En su artículo 31 literal b, la ley tipifica como publicidad engañosa a cualquier modalidad de información o comunicación de carácter publicitario, total o parcialmente falsa, o que de cualquier modo, incluso por omisión, sea capaz de inducir a error, engaño o confusión al consumidor, pudiendo afectar su economía.