El pastor Carlos Rivas no llegó, solo envió a sus abogados. / DEM


En la audiencia inicial contra el pastor del Tabernáculo Internacional de Avivamiento (TAI), Carlos Rivas, la Fiscalía General de la República no presentó prueba documental para establecer el delito de conducción peligrosa, pero la jueza valoró el testimonio del agente captor para no sobreseer como la defensa lo solicitó.

La jueza 4o. de Paz de San Salvador, Nelly Pozas, tomó en cuenta la declaración del policía quien manifiesta que al pastor Rivas le sintió aliento a alcohol, llevaba los ojos enrojecidos; y que además no quiso hacerse la prueba de alcotest.

El Ministerio Público, al momento de judicializar el caso lo hizo con el proceso ordinario, pero en la audiencia la jueza le previno que el caso reúne los requisitos para seguir la causa mediante un proceso sumario y agilizarlo para que en un término de 45 días como máximo se tenga por finalizado.

A partir de ayer, la Fiscalía dispone de 15 días hábiles para recopilar pruebas y presentarlas, al cumplirse ese plazo se deberá realizar una audiencia especial en la que se puede decidir si el caso amerita una vista pública o si en esa diligencia especial se emite una sentencia absolutoria o condenatoria.

La conducción peligrosa excarcelable y la sanción puede ir desde suspenderle a Carlos Rivas la licencia de conducir por el tiempo que la jueza lo determine, ordenarle un proceso de rehabilitación y el pago de una multa.