El Juzgado Especializado de Instrucción "A" de San Salvador decidió la mañana de este viernes que no puede decretar la detención del expresidente Mauricio Funes, mientras no esté legalmente notificado de los delitos que la Fiscalía General de la República le atribuye en el caso conocido como "tregua con pandillas".

La jueza convocó a la audiencia de imposición de medidas, pero Funes al no enviar abogado, obliga a la jueza a seguir el trámite de notificarlo por edicto como lo señala el artículo 163 del Código Procesal Penal y de esa forma garantizar el derecho de audiencia.

"Previo a la decisión de una medida cautelar de detención provisional se le notificará por edictos, si un imputado no ha podido ser citado formalmente se debe hacer por este medio, se van a publicar los edictos y una vez terminado ese trámite se va fijar nueva fecha para realizar audiencia y decidís sobre la medida cautelar que a la fecha solicitada será la detención provisional", explicó el fiscal Álvaro Rodríguez.

El expresidente es acusado de agrupaciones ilícitas e incumplimiento de deberes, conductas delictivas que el Ministerio Público le reprocha por considerar que promovió, facilitó e impulsó a las pandillas y que pese a tener conocimiento de las ilegalidades que se estaban dando con la tregua no hizo nada para detenerlas pues su objetivo era mantener una buena imagen de que en su gobierno los homicidios se habían reducido.

Una vez se le notifique por edictos, se convocará a la audiencia y si tampoco manda abogado, la jueza sí podrá evaluar la petición fiscal de girar orden de captura con miras a tramitar con la Policía Internacional (Interpol) una difusión roja.