Cuando se crearon los juzgados especializados en El Salvador, el 1 de abril de 2007, se pensó que en ellos iba desfilar “la crema y nata” del crimen organizado y que el poder del narcotráfico y lavado de dinero pondría a temblar a los “jueces antimafia”, “jueces sin rostro” y “jueces blindados”, como se les denominó en aquel entonces.

Hace 12 años se pensó que la Fiscalía General de la República sacudiría el crimen organizado con sendas investigaciones y que a los juzgados especializados iban a llegar los grandes y complejos casos, pero en la práctica los juzgados especializados no hacen más que ver procesos contra pandillas y de forma esporádica conocen expedientes de blanqueadores de capitales y narcotraficantes.

Los grandes casos de estructuras de corrupción y donde se ha detectado modalidades de crimen organizado han ido a parar a los juzgados comunes, a pesar que la misma Fiscalía ha planteado que se están frente a grupos organizados con claras intenciones de pecular y lavar dinero.

El juez Godofredo Salazar, titular del Juzgado Especializado de Sentencia “A” de San Salvador, habló con Diario El Mundo sobre los 12 años de funcionamiento de los juzgados especializados y la forma en la que se ha estado administrando justicia.

“Cuando se empezó con eso, efectivamente se creía la visión de tener el crimen organizado presente en esos juzgados y que para eso se creaban aditivos especializados contra el ataque o combate contra esa forma de ejecución de delincuencia, cuando ya vamos a la práctica lo que teníamos presente más en este juzgado y que siguen estando presentes más en estos juzgados, son los grupos de pandillas”, dice Salazar.

Según el funcionario judicial lo que más permea y se tiene presente en su tribunal es la masificación de persecución de las pandillas, aunque en el año 2007 ya se tenía el auge de ese fenómeno y se utilizaron los juzgados especializados para procesar a estos grupos.

“Muy particularmente decía: ‘bueno nosotros no somos más que juzgados antipandillas’, porque no teníamos la verdadera persecución o presencia de lo que debe significar el crimen organizado, pero a eso añádele, que la masificación de persecución contra las pandillas se tradujo a aquella masificación de persecución a este juzgado”, sostuvo Salazar.

Según el juez el andamiaje con lo que fue creado este juzgado y la expectativa no se cumplió, lejos de eso hubo un desbordamiento y lluvia de críticas hacia él por la mora judicial. “Se les comprobó que el problema no era en sí mismo de los juzgados, sino que el problema devenía de la masificación que estaban haciendo y la forma de persecución que todavía la tenemos, 40, 50, 100, 200, 300, 400 (imputados) y hemos llegado hasta 500, no sé si el número ha subido”, dice el funcionario.

 

Sentencia

La Ley contra el Crimen Organizado reguló mínimos que llegaron a interponer sentencias de inconstitucionalidad que fueron resueltas tres o cuatro años después, cuando el problema ya estaba desbordado, menciona el juez.

Uno de los problemas de desborde fue el tiempo de tutela de los procesos, la Sala de lo Constitucional dio respuesta y dijo que los juzgados eran constitucionales porque atendían un problema especial y como las sentencia de inconstitucionalidad fue sobre la ley, se profundizó en una sentencia interpretativa y dijo las pandillas son crimen organizado reforzando el problema de persecución de las pandillas como crimen organizado.

A nivel de Juzgados Especializados de Sentencia se creó un tercer juzgado pues ya no se daba abasto con la gran cantidad de procesos de pandillas, pero no se hizo nada en los juzgados especializados de instrucción, creándose un caos porque los jueces especializados y sus colaboradores se vieron sometidos a un trabajo extenuante laborando hasta en horas de la madrugada para cumplir con los plazos de detención de expedientes hasta con 500 imputados, finalmente se puso a funcionar un tercer juzgado especializado de instrucción donde la masificación de justicia para las pandillas sigue vigente.



Antecedente

En el año 2006 se planteó la creación de una ley que atendiera el problema del crimen organizado y se comenzaron hacer experimentos y proyectos de una ley especializada con sus tribunales pues había una exigencia internacional que fue ratificada por El Salvador que es la Convención Transnacional contra el Crimen Organizado conocida como la Convención de Palermo.

Al adherirse a esa convención había una exigencia de que cada país suscriptor debería de darle un tratamiento especializado a ese problema, fue así como surgió el proyecto de la Ley contra el Crimen Organizado y Delitos de Realización Compleja, la iniciativa la llevó el entonces presidente de la República Elías Antonio Saca, condenado a diez años de prisión por lavado de dinero y peculado.

Bajo esa ley se crean los tribunales especializados que causaron mucha polémica porque se decía que iban haber cuestiones de prerrogativas contra las personas, se hicieron apelativos de jueces blindados, jueces sin rostro, jueces antimafia.

“Nada que ver con eso y después se fue descubriendo que todo fue un mito, una leyenda creada por la polémica, porque nosotros somos tal jueces como las demás personas, lo que atendemos es la especialidad, en aquel momento contra el crimen organizado y en aquel momento delito de realización compleja”, expresa el juez Godofredo Salazar, al ser consultado sobre la idea que se tenía en su momento de los jueces especializados.

 

Promoción penal

Según el juez especializado de sentencia en estos 12 años de funcionamiento de los tribunales se ha dado una respuesta a todos los procesos que han ingresado, pero considera que debe evaluarse la forma en la que se está promoviendo la acción penal.

Cuando la Fiscalía está promoviendo la acción penal debe de verse la forma en la que se están investigando los casos, plantea un efecto cascada.

“Si en cascada una investigación me viene mal, Fiscalía lo va promover, porque lo tiene que hacer. Los jueces aquí vamos a resolver y ahí viene que tenemos que hacer un diagnóstico de evaluación cuantitativa respecto de la masificación de casos que han hecho, respecto de los resultados de condena y absolución que han tenido”, sostuvo.

Al momento de promover la acción penal hay delitos que deben analizarse si son o no de crimen organizado fuera de las pandillas, ya que las pandillas no son exclusividad de crimen organizado, pero hay grupos de personas que han sido acusados en juzgados comunes y cuando los jueces han analizado los casos se encuentran que son estructuras de crimen organizado y sin embargo están en juzgados comunes.

El pasado 25 de enero, por determinarse que es un caso cometido por una estructura considerada de crimen organizado, el Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador, se declaró incompetente para seguir conociendo la causa penal del exfiscal Luis Martínez, el exjefe de Intereses del Estado del Ministerio Público Julio Arriaza y dos abogados que trabajaron para el empresario Enrique Rais y envió el expediente a un Juzgado Especializado, pese a que la Fiscalía lo inició en los juzgados comunes.