La Constitución de El Salvador, no es perfecta, pero por mucho es mejor que otras en Latinoamérica, por ejemplo, Colombia en 1990 convocó a una Asamblea Constituyente, la cual dio origen a la Constitución que sigue vigente en el país desde 1991. Los diferentes sectores involucrados acordaron impedir que se postularan los miembros del Congreso o cualquier persona que ocupara cargos de gobierno, además, se permitieron candidaturas de ciudadanos independientes. Así mismo se hizo una especie de plebiscito si ratificaban o no la nueva Constitución.

Luego tuvieron que cerrar filas en favor de mantener la cláusula pétrea de la alternabilidad en el ejercicio de la presidencia, dado que se impulsó la reelección continua e inmediata de Alvaro Uribe Vélez, incluso la exrepresentante a la Cámara Yidis Medina, admitió haber recibido ofrecimientos de dádivas de parte de funcionarios del Gobierno Nacional a cambio de su voto favorable al proyecto de reforma constitucional que permitió un segundo mandato presidencial. El 26 de junio de 2008 la Corte Suprema de Justicia determinó que Medina si vendió su voto.

Por esa razón fue sentenciada a pagar 47 meses de detención domiciliaria por el delito de cohecho. Ahora bien, aunque la reelección presidencial inmediata fue aprobada en mayo de 2005 por el Congreso, también fue declarada constitucional en octubre de ese mismo año, pese a ello Alvaro Uribe, fue reelegido en el año 2006. Con fundamento en lo anterior el congreso colombiano tuvo que blindar aún más la alternabilidad en el ejercicio de la presidencia mediante reforma al Artículo 197 de la Constitución según el Acto Legislativo 02 de 2015.

Estableciendo lo siguiente:“No podrá ser elegido Presidente de la República el ciudadano que a cualquier título hubiere ejercido la Presidencia. Esta prohibición no cobija al Vicepresidente cuando la ha ejercido por menos de tres meses, en forma continua o discontinua, durante el cuatrienio”. En consecuencia creó un blindaje que solo puede abrirse a través de un poder originario, una asamblea constituyente o un referendo de iniciativa popular. A esto se le conoce como democracia Participativa.

Sin embargo, la Constitución de El Salvador, no reconoce la vía del plebiscito ni el referendo, ya que el sistema o forma de gobierno, es democrático, republicano y representativo, por lo tanto, no contiene la reelección continua e inmediata. Una de las razones de ello, es evitar a toda costa que se formen estados totalitarios, en la que el mandatario se cree dios, como lo hizo Maximiliano Hernández Martínez, que se mantuvo 13 años en el poder. Usando al ejército apabulló y acribilló a todo aquellos que disentían con la tiranía.

En razón de lo anterior la Constituyente de 1983, reforzó la cláusula pétrea, por ello creó una serie de artículos como escudo alrededor de la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia, por ejemplo; el art. 152 Cn. prohibió la candidatura a Presidente. “El que haya desempeñado la Presidencia por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior”.

Esta finalidad comparte, los arts. 75 ord. 4° que sanciona a quienes promuevan la reelección presidencial continua, buen momento de procesar a los aspirantes a diputados que la promueven.

El Art. 88. Afirma que la alternabilidad en la presidencia “es indispensable para el mantenimiento de la forma de gobierno” y que su violación “obliga a la insurrección”.

De igual manera 131 ord. 16° ordena a la Asamblea Legislativa “desconocer” al Presidente de la República que continúe en el cargo a pesar de la terminación de su período; el Art. 154 fija la duración del período presidencial en 5 años y “ni un día más” y finalmente el Art. 248 Cn. Prohíbe absolutamente la reforma constitucional, en caminada a modificar el ejercicio de la presidencia.

En suma, toda consigna o proclama de reelección continua, no solo es demagógica, sino que es ilegal, ya que todo ciudadano o aspirante a diputado que lo efectúe, sepa que puede perder los derechos de ciudadano, lo cual lo inhabilitaría para participar. Pero si tanto desean reformar la Constitución, bien podría plantearse reformas en el sentido, de incluir el derecho al agua, seguridad alimentaria o para ser diputado o presidente, que sea obligatorio tener un título universitario.