Según el diccionario de la Real Academia Española, “recon­ciliación” es volver a la amistad, acercar ánimos antes desunidos, confesar brevemente culpas ligeras. Pasados 27 años de firmada la paz seguimos enemistados, desunidos y sin que nadie quiera confesar sus culpas, que no fueron “ligeras”. Justo cuando el último gobierno del FMLN sacaba sus sucios trapos de Capres, el Órgano Legislativo hace una loca carrera para producir una “Ley de Reconciliación Especial de Justicia Transicional y Restaurativa para la Reconciliación Nacional”, finalmente frenada por presiones de la administración estadounidense, las Embajadas de Alemania, Inglaterra, Alemania, Francia y España. También por la Unión Europea, por una parte de las víctimas del conflicto y finalmente por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Menciono “una parte de las víctimas” porque “en razón de los estándares internacionales, hoy en día cuando hay violaciones sistemáticas de Derechos Humanos debe haber una restricción de libertad que se tiene que aplicar a todos, no solo a una fracción, sino a todos los que violaron tales Derechos Humanos” (Todd Howland, representante de la ONU para los Derechos Humanos).

El FMLN y Arena emprendieron esa loca carrera, para impulsar una Ley que debieron comenzar a trabajar el año 2016 cuando la Sala de lo Constitucional ordenó hacer otra que sustituyera –por inconstitucional– la “Ley de Amnistía” de 1993, dando un plazo que vencerá el 13 de julio próximo.

La festinación es evidente en la nueva Ley: 1) Da a la FGR un plazo de cinco meses para enlistar graves casos de violaciones a los Derechos Humanos. Pasado el mismo no hay chance de meter uno más.

2) Si alguien es condenado a menos de diez años, el juez de la causa queda facultado para suspenderla. Si es condenado a más de diez años, ordenará “trabajos de utilidad pública”, no cárcel.

3) La reparación civil a las víctimas será acorde a la capacidad económica del condenado, con el cuidado que ello no afecte su “proyecto de vida”.

4) Los imputados no podrán ser detenidos, por graves que hayan sido las violaciones a los Derechos Humanos. Únicamente se les impondrá la medida cautelar de presentarse ante el juez.

5) La extradición para cualquiera de los imputados no opera.

6) La amnistía anterior sigue vigente, toda vez que los delitos no constituyan crímenes de lesa humanidad o de guerra.

7) El “Plan de Reparación Moral” a las víctimas no tiene categoría de “Política de Estado”, queda a la discrecionalidad del Presidente de la República que lo revisará anualmente. No siendo “Política de Estado” dependerá de la capacidad económica que el Estado tenga en los distintos ejercicios fiscales venideros.

La intentona de la Asamblea Legislativa debe quedar congelada a partir de lo requerido al Estado por la CIDH. Eso es bueno por tres razones: Primero. Se debe escuchar a todas las partes, sin volcar la atención hacia un solo lado. Segundo. Con apenas 72 horas de haber asumido un nuevo gobierno, el saliente quiere marcharse en caballito blanco. Tercero. La impulsividad legislativa revertiría el espíritu que animó los Acuerdos de Paz, o sea, salir “De la Locura a la Esperanza” y agarrar a la inversa: “De la Esperanza a la Locura”, imperdonable en quienes piensan más en costos electorales que en alcanzar la pura verdad; juzgar con justicia verdaderamente constitucional; reparar como se debe a las víctimas y asegurar la no repetición de aquellos cruentos episodios por parte de uno y otro bando. Entonces -y solo entonces- podría operar el perdón, por tanto, la reconciliación.

Todo es cuestión de dialogar, ponerse de acuerdo. ¿Habrá prisión, reducción de la pena o sustitución de ésta? ¿El plazo para el Fiscal queda cerrado o prevalecerá la imprescriptibilidad? ¿El fondo de reparación será Política de Estado o estará sujeto a la disponibilidad financiera que éste tenga?

Los diputados, nuevamente, muestran una grave irresponsabilidad. Por no legislar a tiempo. Por no medir que en El Salvador, las heridas nunca cerraron.