La Fiscalía recurrió a embargar las cuentas de Molsa para que pagara la multa. / DEM


A raíz del embargo de sus cuentas bancarias por parte de la Fiscalía General de la República (FGR), la empresa Molinos de El Salvador (Molsa) pagó ayer la multa de más de $1.97 millones que le impuso la Superintendencia de Competencia hace casi una década.

En su cuenta de Twitter, la FGR informó que se cancelaron los $1,971,015.16, producto del embargo de las cuentas bancarias de Molsa, sancionada hace casi 10 años por prácticas competitivas.

El 4 de septiembre de 2008, la SC sancionó a Molsa y Harisa por haberse repartido el mercado de la harina de trigo. Los acuerdos entre competidores están prohibidos en el artículo 25, literal “d”, de la Ley de Competencia.

La decisión de la SC, no obstante, fue objeto luego de una demanda ante la Sala de lo Contencioso Administrativo (SCA), promovida por ambas empresas. Molsa presentó la suya el 28 de octubre de 2008 y el 19 de junio de 2012, dicha instancia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró ilegal la actuación de la Superintendencia.

En respuesta, el 28 de febrero de 2012, la SC solicitó un amparo a la Sala de lo Constitucional por la resolución de la SCA, mismo que se le concedió el 18 de octubre de 2014. Esta resolución obligó a la SCA a emitir un nuevo fallo y por ello el 25 de mayo de 2017 declaró legal la sanción de la SC. Esto permitió iniciar el proceso de cobro de la multa, una de las más altas impuestas por la Superintendencia.

 

Daños en el mercado

En su resolución de septiembre de 2008, la Superintendencia afirmó que las empresas harineras se asignaron “de manera sistemática” una cuota de participación en las ventas de este producto. Para Harisa se otorgó el 45 % del total de las ventas de harina de trigo y para Molsa, el 55 %.

Las empresas incluso crearon un mecanismo de compensación, en donde si una de ellas no alcanzaba la participación acordada, recibía el equivalente a $5 por cada quintal de harina que le faltó vender para lograr la cuota, explicó la SC en dicho documento.

En 2017 la Superintendencia aseguró que este pacto impuso un sobreprecio del 22 % al precio de la harina, que obligó a los consumidores pagar $25 millones adicionales por este producto entre noviembre de 2008 y diciembre de 2010.

En el caso de Harisa, la SC le impuso una multa de $2,061,406.20 por este acuerdo con su competidora. La empresa demandó a la Superintendencia ante la SCA el 8 de junio de 2009, pero el 25 de mayo de 2017 se declara legal la actuación de la SC.

Según la plataforma Casos en Línea, de la Superintendencia, la empresa Harisa ya pagó la multa que se le impuso en 2008.

 

El caso

04/07/2008

La SC sanciona a Molsa y Harisa por haber acordado repartirse el mercado de la harina de trigo. La investigación determinó que se asignó una cuota del 45 % de las ventas totales de harina para Harisa y el 55 % para Molsa.



28/10/2008

Molsa presenta una demanda ante la Sala de lo Contencioso Administrativo en contra de la resolución de la SC. En la demanda, la empresa solicita que se declare ilegal la actuación de la entidad.

 

19/01/2012

La Sala declara ilegal la actuación de la SC. En respuesta, el 28 de febrero de 2012, la Superintendencia pide un amparo a la Sala de lo Constitucional, alegando que se violenta el derecho a seguridad jurídica.

 

28/10/2014

La Sala de lo Constitucional concede el amparo a la SC y ordena a lo Contencioso emitir un nuevo fallo. El 25 de mayo de 2017, la Sala de lo Contencioso declara legal la actuación de la SC.