La Comisión acordó ayer cuatro reformas al Código Electoral que buscan depurar el registro de electores. / DEM


La Asamblea Legislativa aprobará este jueves multas de un salario mínimo del sector comercio y servicios, actualmente de $300.00, a jefes del registro de estado familiar de las alcaldías por cada falta de reporte de defunciones al Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN).

Las multas serían aplicadas también al encargado del RNPN que no reporte dichas defunciones al Tribunal Supremo Electoral (TSE) y al respectivo registrador electoral del TSE si no actualiza la información recibida.

Actualmente, el Código Electoral regula la obligación de enviar al TSE la certificación de defunciones en 15 días hábiles luego de su asiento, con una multa entre 1,000 a 10,000 colones, es decir, entre $114.2 y $1,142.8.

El TSE propuso multas entre 10,000 a 50,000 colones, es decir, entre $1,142.8 y $5,714.2. Los diputados optaron por aprobar una multa de un salario mínimo por cada infracción. También aprobaron una reforma que obliga a los jueces a certificar al TSE de toda sentencia ejecutoriada con sus datos; actualmente el periodo es de 10 días.

La comisión no estuvo de acuerdo en aprobar una sanción a los concejos; únicamente acordaron que el TSE le notifique de cada infracción al concejo y al RNPN.