El exsecretario de Comunicaciones de la Presidencia de la República, Julio Rank, a través de su abogado Lisandro Quintanilla, presentó ayer un hábeas corpus pidiendo a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ( CSJ), que le permita salir del penal La Esperanza, conocido como “Mariona”, ante la negativa de otorgarle libertad condicional anticipada por parte del juez de vigilancia y magistrados de Cámara Mixta.

Quintanilla dijo que en el escrito piden a los magistrados de la Sala de lo Constitucional, que se pronuncien de forma expedita ya que desde marzo de 2019 solicitaron el beneficio de la libertad condicional anticipada, pero se les negó.

“Fueron denegadas de una forma ilegal y arbitraria, tanto por el juez Primero de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena de esta ciudad, como por la Cámara Mixta de Tránsito y Vigilancia Penitenciaria. Ellos alegaron que no cumplía los requisitos”, sostuvo el abogado.

Según el defensor, el artículo 86 del Código Penal señala que cuando un condenado mayor de 60 años, con la tercera parte de la pena cumplida y con padecimiento de enfermedades crónicas degenerativas y con daños orgánicos severos, puede aplicar a la libertad condicional anticipada.

Quintanilla dice que el otorgamiento de ese beneficio se solicitó con el respaldo de médicos del Instituto de Medicina Legal quienes en dos ocasiones dieron sus dictámenes confirmando el grave estado de salud de Rank.

Al momento de interponer el hábeas corpus, el abogado manifestó que al exfuncionario se le han calcificado los miembros inferiores, por haber permanecido con grilletes en el hospital, y muy probablemente tengan que amputarle uno de sus pies.

 

Resoluciones

El pasado 25 de septiembre, el Juzgado Primero de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena rechazó otorgar la libertad condicional anticipada a Julio Rank, porque la sentencia no está en firme, pues la condena de cinco años por lavado de dinero, bajo un procedimiento abreviado, está en conocimiento de la Sala de lo Penal.

La Fiscalía General de la República acudió ante esa instancia con una casación debido a que la Cámara Segunda de lo Penal anuló la condena de responsabilidad civil que el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador impuso.

El juez de vigilancia también negó el beneficio a Julio Rank, por tener activo un proceso en el Juzgado Especializado en Extinción de Dominio, donde la Fiscalía pretende que algunos bienes pasen al Estado.

Cuando se realizó la audiencia especial de libertad anticipada, la Fiscalía General de la República también se opuso por considerar que el exfuncionario podía seguir su tratamiento desde un centro penal.

A esa diligencia, el juez citó a médicos especialistas que habían realizado las evaluaciones y todos concluyeron en sus dictámenes que las enfermedades crónicas que tiene son de tratamiento ambulatorio y que además se puede valer por sí mismo.

Ayer incluso el Juzgado Primero de Vigilancia, a través de la Unidad de Prensa del Centro Judicial Isidro Menéndez, informó que recibió un informe del hospital de rehabilitación del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), en Los Planes de Renderos, en el cual se señala que el estado de salud del Rank ha mejorado.

 

Resoluciones que negaron la libertad de Rank



25/09/2019

El Juzgado Primero de Vigilancia Penitenciaria negó a Julio Rank, la libertad condicional ordinaria por considerar que sentencia no está firme y tiene activo proceso de extinción de dominio.

 

30/10/2019

La Cámara Mixta de Tránsito y de Vigilancia Penitenciaria confirmó la resolución que el Juzgado Primero de Vigilancia Penitenciaria emitió y avaló los argumentos de la resolución del juez.

 

25/11/2019

La defensa de Julio Rank acudió ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia con un hábeas corpus, pidiendo que por razones humanitarias se le otorgue la libertad condicional anticipada.