El presidente de la República, Nayib Bukele, vetó el pasado viernes 16 de abril la “Ley especial contra el tráfico ilegal de personas” porque la considera inconstitucional. Regresó el decreto vetado este lunes a la Asamblea Legislativa.

Argumentó que esa normativa viola los derechos a la libertad, igualdad y justicia, por la infracción al principio de proporcionalidad, el fin resocializador de las penas y la seguridad jurídica.

“No debe permitirse o admitirse penas exageradas o desatinadas en relación con el delito que se pretende sancionar... Nos encontramos frente al incremento innecesario y desproporcionado de la pena establecida para el delito de tráfico ilegal de personas”, respondió a la Asamblea Legislativa, en el veto.

El decreto 851 que contenía la ley contra el tráfico de personas fue aprobada por 58 diputados de Arena, FMLN, Gana, PCN, PDC, CD y no partidario.

El veto no se refirió a la creación de nuevos delitos que contenía la ley. Creaba los delitos de promoción de tráfico ilegal por tecnologías de información, conspiración, guía, transporte, albergue u ocultamiento de víctimas del tráfico de personas, promoción de viajes ilegales, obstaculización al debido proceso.
“Parecería que la sanción penal fue plasmada sin un examen de razonabilida... congruente e integral de nuestras normativas”. Nayib Bukele, presidente de la República, 16 de abril

Desproporcional.


La normativa aumentaba el rango actual de las penas de 6-10 a un rango de 8-12 años de prisión. El gobernante lo consideró desproporcional.

“La Asamblea Legislativa ha dejado de lado el principio de la proporcionalidad de la pena”, sostuvo.

Hizo una comparación entre el tráfico ilegal de personas y la trata de personas, que castiga con penas de 10-14 años de prisión a quien entregue, traslade o reciba personas para la explotación humana.

“El primero se refiere a una acción en la que el sujeto activo proporciona un ‘medio’ que facilita el traslado del migrante desde un país a otro, trasgrediendo los controles migratorios de los países de origen, paso y destino (...) el delito de trata de personas conlleva la explotación en diversas formas de la víctima, al punto de esclavizarla, denigrando su integridad física”, plantea Bukele en el documento enviado al Órgano Legislativo. Menciona que esa es una diferencia sustancial.

“La pena máxima que se pretende imponer es superior a la pena mínima vigente para el delito de trata de personas, lo que desnaturaliza la función disuasiva de la pena”, concluye la Presidencia.
“Es decisión de El Salvador. Es contenido que nosotros apoyamos y es contenido que otros actores en El Salvador hay apoyado”. Ricardo Zúñiga, enviado de EE.UU., 8 de abril

Fondo.


El presidente sostuvo que el decreto de la ley contra el tráfico de personas vulnera la seguridad jurídica. Señala duplicidad de regulación y posibles contradicciones o problemas de interpretación de los aplicadores.

La normativa creaba el Fondo Especial para el Combate del Delito de Tráfico Ilegal de Personas. El presidente expresó que este Fondo “presenta graves inconsistencias” como haber omitido qué entidad lo administrará.

Además, observó que el Fondo no está contemplado en la “Ley especial de extinción de dominio y de la administración de los bienes de origen o destinación ilícita”.

La ley contra el tráfico de personas fue respaldada por el enviado especial de Estados Unidos para el Triángulo Norte, Ricardo Zúñiga, y el representante de la Embajada de EE.UU. en El Salvador, Brendan O’Brien.

 

Marzo 25 de 2005


La Asamblea aprueba la Ley contra el Tráfico de Personas, con más penas y nuevos delitos de promoción.