Archivo DEM.


La presidenta del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), María Josa de Parada, dijo este miércoles que en la resolución de la Cámara Primera de lo Penal donde modificó el delito de agresión sexual en menor e incapaz por una falta, en perjuicio de una niña de diez años, hay un conflicto entre los hechos y la figura penal.

"Desde mi punto de vista a nivel técnico, porque conozco, dada la experiencia que tengo como fiscal precisamente en este tipo de casos, creo que ha habido un error de subsunción de los hechos de tipo penal y es lo que la Sala ahora en el recurso de apelación estará analizando", afirmó Parada.

De acuerdo a la presidenta del CNJ, los hechos presentados por parte de la Fiscalía General de la República (FGR), no son claros y no se adecuan al derecho penal por lo que se da el conflicto de si es un delito o si es una falta.

Parada explicó que "subsunción" se refiere a la afirmación de los hechos con un tipo penal, en este caso una agresión sexual, pero para ello debe reunir todos los elementos, "es decir el qué, cómo, cuándo, por qué, quienes intervinieron, todo eso, y esto debe de adecuarlo a una teoría jurídica", indicó la presidenta y añadió que de acuerdo a la sentencia esto es lo que no está claro y por lo tanto constituye un conflicto entre si es delito o una falta.

LEA TAMBIÉN:FGR apela resolución en caso magistrado Escalante y pide enviarlo a juicio