Nayib Bukele, presidente de la República, llegó a la Asamblea Legislativa, el 3 de junio de 2019 a solicitar permiso para los viajes del segundo semestre de 2019. Foto: Archivo DEM.


El presidente de la República, Nayib Bukele, ha enviado una nota a la Asamblea Legislativa en la cual solicita licencia para salir del territorio nacional en diferentes misiones en el año 2020.

La solicitud presidencial es el primer punto de las piezas de correspondencia que recibirán los diputados este jueves en sesión plenaria. El gobernante llegará por la tarde a realizar la solicitud personalmente.

El 3 de junio de 2019, dos días después de haber asumido la Presidencia, la Asamblea Legislativa aprobó un permiso para poder salir del país en misiones y por motivos familiares de junio a diciembre de 2019.


El artículo 158 de la Constitución de la República indica: "Se prohíbe al Presidente de la República salir del territorio nacional sin licencia de la Asamblea Legislativa".

Una sentencia de la Sala de lo Constitucional emitida el 1 de septiembre de 2016 ordenó que el presidente de la República acudiera a la Asamblea Legislativa por cada viaje al exterior, sin embargo, no se ha cumplido desde que se emitió.

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"A fin de evitar la arbitrariedad en el uso de licencias, consiste en exigir al Presidente de la República que, previo a cada viaje fuera del territorio nacional, solicite autorización a la Asamblea Legislativa y ratifique personalmente dicha petición ante ella", indicaba la sentencia.

Sin embargo, en junio pasado, diputados, incluso de la oposición, aprobaron el permiso al mandatario y dijeron que no estaban para obstaculizar las misiones al exterior.

También, la Asamblea Legislativa recibirá en esta sesión plenaria la notificación de una resolución de la Sala de lo Constitucional en la que “sobresee” o exonera una demanda contra el decreto de permiso de viajes de Sánchez Cerén durante el año 2017 por la supuesta contradicción con el artículo 158.

La resolución se debe a que la causa de la demanda ya no existe.” “El objeto de control constitucional consiste en una norma con vigencia temporal determinada entre el 1 de junio al 31 de diciembre de 2017, periodo de tiempo que ya transcurrió”, dice la resolución con fecha 14 de junio de 2019. El escrito ingresó a la Asamblea Legislativa el 7 de enero de 2020.