El primer filtro para retener a las personas que infrinjan la cuarentena domiciliar debe ser un protocolo de identificación, pero al no existir, se presta a que se violen derechos fundamentales consagrados en la Constitución, dijo ayer el procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, José Apolonio Tobar.

El funcionario expresó que no todas las personas que transitan en la calle están incumpliendo la medida impuesta por el gobierno desde la noche del sábado. “Al no existir un protocolo de identificación de las personas podría detenerse a cualquier persona que no logre acreditar el motivo por el cual se encuentra transitando” expresó Tobar.

Sostuvo que no está en contra de la retención de personas que transgreden la cuarentena domiciliar, siempre y cuando, el trato sea diferente al de un delincuente y sea trasladado a un centro de cuarentena y no a bartolinas policiales.

Dijo que el decreto 294 aprobado por la Asamblea Legislativa y que es la base del decreto 12 emitido por la ministra de salud, Ana Orellana, no establece que una persona va ser retenida y recibir un trato delincuencial.

Hasta las 2:30 de la tarde de ayer, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, no había recibido ningún informe de la Policía Nacional Civil sobre el listado de centros de contención.

Tobar dijo que también debe ponerse atención al ciclo de cuarentena, porque una persona retenida ayer, no puede estar con otra que fue restringida hoy. “Las personas que tienen dos días, tres días; no pueden mezclarse con una persona que tiene, seis y siete días, porque entonces la que tiene más días en cuarentena rompe su ciclo y vuelve a iniciarla, y generaría una perpetuidad”.