Aldo Cáder, magistrado de la Sala de lo Constitucional, aclaró sobre la decisión tomada por la sala que representa en torno al Sistema Integrado de Transporte del Área Metropolitana de San Salvador (Sitramss). Esta es la primera vez que un magistrado habla sobre la resolución.

Las declaraciones de Cáder Camillot fueron dadas en el espacio de la entrevista República, de canal 33.

¿Los magistrados resuelven en contra del uso del Sitramss o sobre los carriles segregados y de su uso exclusivo de los buses articulados, como lo fue en un inicio de la obra?

Lo medular de la decisión estaba enfocado en el hecho que se trataba de un bien, que de acuerdo con el artículo 120 de la Constitución de la República, para poderlo dar en concesión a un particular tiene que pasar de manera previa por un proceso de autorización, de aprobación de la Asamblea Legislativa , y a propuesta del Órgano Ejecutivo, quien es el que va a impulsar un proyecto de esta naturaleza. Entonces, no nos estamos pronunciamos sobre las bondades, si el Sitramss es bueno o es malo para el transporte público, para la población, no. Nosotros solo estamos revisando que esta concesión que se había dado, si esta estaba o no apegada a la Constitución y luego de nuestros análisis pudimos advertir que todo derivaba simplemente de un acuerdo que se adoptó por el Viceministerio de Transporte y que no había sido aprobado por la Asamblea Legislativa, como manda ley, por tratarse, insisto, de un bien de uso público. Los bienes públicos están a merced de toda la población, si se le va a dar en concesión el hecho que solo unas determinadas empresas vaya a usar, en este caso un carril, de manera exclusiva, esto debe pasar por procedimientos ya establecidos por la misma Constitución.

¿Pueden los carriles volver a ser exclusivos? Sí

No estamos diciendo, al final de cuentas, mire no se le puede dar a determinada empresa, no, estamos diciendo para generar la exclusividad de ese carril y dar esa exclusividad, previamente hay que pasar por la Asamblea Legislativa.

Siempre hay que volver a ver la Constitución, revisar toda la jurisprudencia, para que todas las resoluciones estén apegadas a las ley.

¿Por qué no ordenaron desmantelar toda la estructura del Sitramss si viola Constitución?

Nosotros vimos que una de las resoluciones pudo ser ordenar que debe desaparecer el Sitramss por una violación a la Constitución, pero vimos una línea de la resolución. Vimos la inversión, la posible ayuda que brinda a la población. Decidimos dar un tiempo prudencial para que el Ejecutivo vea si el proyecto es viable, que beneficia a la población, pues, coordinar con la Asamblea Legislativa todo el procedimiento de concesión, de licitación, para otorgar exclusividad de este carril.

¿Se tiene que desmontar ya las estructuras del Sitramss? No

Lo que sucede con la primera noticia que sale y con que la Sala ordena la inconstitucionalidad del Sitramss, claro, uno puede pensar, entonces si está declarado como inconstitucionalidad, el cumplimiento es deshacer todo lo que está. Pero, no, cuando se pasa a leer la sentencia, está claramente establecido este punto. Lo que se ha dicho es había una medida cautelar que propiciaba o permitía que los carros particulares también podían circular, pero ahora hay sentencia, pero que siga de la misma manera de como estaba, pero se da un año para esclarecer. Porque digamos que si hubiera sido una resolución normal, ya se hubiera desmantelado.

¿Habría posibilidad de investigar a los funcionarios involucrados?

Para nosotros, como Sala es complicado, no podemos pronunciar en caso judiciales, porque no podemos controlar este tipo de procedimiento. Tendrán que analizar. El afectado puede ser uso de los procesos judiciales.