Un soldado, cerca de unos de los centros de contención de cuarentena. Los elementos militares deben tener claras las reglas dice un abogado constitucionalista. / DEM


No hay claridad sobre lo que podría pasar si un ciudadano salvadoreño se resiste a cumplir alguna de las medidas dictadas por el Gobierno para contener la posible propagación del Covid-19, una epidemia mundial provocada por el coronavirus.

El domingo, el presidente de la República, Nayib Bukele, reiteró la orden del cierre de bares y discotecas como una de las medidas para evitar posibles contagios del Codiv-19 y lanzó una advertencia: “No queremos usar la fuerza pero la usaremos si no lo hacen”.

Luego de esta advertencia, surge la pregunta: ¿qué pasaría si un ciudadano o empresario salvadoreño no acata las medidas que pretenden frenar o contener la epidemia?

El abogado Eduardo Escobar cree que un ciudadano podría cometer el delito de desobediencia y que incluso podría ir detenido.

El artículo 338 del Código Penal regula el delito de desobediencia de particulares: quien desobedezca una orden dictada conforme a la ley y emanada de un funcionario o autoridad pública será sancionado con prisión de uno a tres años, además de multa 50 a 100 días multa.

Su argumento es que la ley de emergencia nacional y el régimen de excepción aprobados el sábado tienen categoría de leyes y toda ley es de obligatorio cumplimiento.

Según su análisis, si una persona no cumple la medida de cerrar su discoteca, se expone a una multa y, si reincide, a la detención.

Sin embargo, para Rodolfo González, abogado constitucionalista, el fundamento legal aún no está claro y tampoco se conoce un acuerdo del Ejecutivo. Él ve un vacío entre la ley de emergencia nacional y las medidas concretas anunciadas por el Gobierno, como la cuarentena de los trabajadores mayores de 60 años, el cierre de los gimnasios y otras.

“¿Desobediencia a qué?”, cuestionó ante la pregunta si un ciudadano podría ser arrestado por desobediencia.

El abogado reitera que “hay un salto que no ha sido llenado” entre el decreto de emergencia nacional y las medidas específicas que se van anunciando en Twitter. “En abstracto se dice hay emergencia pero en concreto no está la normativa” que dicta dichas medidas, señala.

González lo dice así: “No se puede decidir en el momento y a golpe de tuit. Se presta a la arbitrariedad”.

Sin embargo, ve la posibilidad de que un ciudadano que no acate medidas de emergencia enfrente multas reguladas en el artículo 39 de la Ley de Protección Civil: entre 1 y 1,000 salarios mínimos.