La PNC verifica el cumplimiento de la cuarentena nacional para evitar la propagación del COVID-19. / DEM


El Departamento de Estudios Legales de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades) aseguró hoy en la remisión a los centros de contención, tal como lo dicta el decreto 12 de cuarentena nacional, como castigo, sería una “detención ilegal”.

Fusades deja claro que “de ningún modo puede negarse que las autoridades deben tomar medidas para combatir la pandemia” y que algunas pueden limitar los derechos fundamentales, pero pide que estas se apliquen de manera clara, equitativa y proporcional.

La institución advierte que la sanción por violar cualquier cuarentena “es una multa” según el artículo 281 del Código de Salud, en relación al artículo 285, numeral 22.

La explicación de Fusades

Esta institución emitió hoy un comunicado en el cual dice que el artículo 5 del decreto de cuarentena del 21 de marzo habla de una remisión a modo de castigo, ya menciona las personas llevadas “a los centros de contención por no estar autorizadas a circular”.

Fusades explica que el decreto utiliza la remisión a un centro de contención como una sanción por salir de casa sin justificación.

“La remisión a un centro de contención a modo de castigo, como sea que se le denomine, es en realidad una detención ilegal”, concluye.

De acuerdo a la institución, no puede usarse la cuarentena como una privación de libertad con carácter sancionatorio y sin control judicial, ya que señala que la forma de aplicar la cuarentena domiciliar ha sido errática.

Cuarentena y excepción: juntos

La Fusades señaló, además, que la duración de la cuarentena familiar general –decretada el 21 de marzo pasado por el Ramo de Salud– “no puede ser mayor a la duración del estado de excepción”.

La Asamblea Legislativa debe definir este día si prorrogará o no el decreto de estado de excepción de tres derechos inconstitucionales de los salvadoreños, ya que este régimen vence el domingo 29 de marzo.

Advirtió que, si no es prorrogado, “con su vencimiento debiera finalizar la cuarentena general”. En su lugar, sugiere medidas de combate al COVID-19 “menos restrictivas de derechos fundamentales”.

“Habrá un lapso en el que el decreto de cuarentena será ilegal, salvo que la Asamblea Legislativa prorrogue con la mayoría calificada requerida el estado de excepción”, reitera.

El decreto 12 del Ramo de Salud determinó una cuarentena nacional con el fin de evitar la propagación de la enfermedad COVID-19. Sin embargo, el Gobierno aprobó excepciones para empresas relacionadas a productos y servicios necesarios, como agua, energía, telefonía, cable e internet, servicios de salud, alimentación a domicilio, medios de comunicación. Hasta hoy, la PNC reportó más de 600 personas retenidas por desacatar la cuarentena nacional.