La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió una demanda de hábeas corpus, en el caso 150-2020, de una persona a la cual se le ha practicado la prueba de COVID-19, e informó que “no se le ha brindado los resultados ni información sobre el estado de su salud actual”.
La instancia judicial informó de manera escueta la admisión del hábeas corpus y la emisión de una medida cautelar.
También analiza otras demandas de hábeas corpus o exhibición personal de personas que no han sido evaluadas médicamente pese a estar albergadas en centros de cuarentena y se encuentran en mal estado de salud por enfermedades crónicas.
Por ejemplo, ordenó realizar las pruebas a una familia, cuyo padre de familia tiene padecimientos del corazón y la presión arterial; y de resultar negativas, enviarlos a sus residencias.
Muchos de las personas retenidas por la cuarentena nacional o por cuarentena especial ordenada por Salud están recurriendo a la Sala de lo Constitucional.