La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió una demanda contra el exprecandidato a diputado por Nuevas Ideas, José Jaime Lozano Durán, por promover la reelección presidencial.

La demanda fue presentada por Salvador Enrique Anaya el 10 de julio de 2020 y la Sala divulgó hoy su resolución de admisión.

El demandante argumenta que Lozano cometió una de los cuatro motivos para perder los derechos ciudadanos según la Constitución de la República.

Artículo 75 de la Constitución de la República:

Pierden los derechos de ciudadano: 4º. Los que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o la continuación del Presidente de la República, o empleen medios directos encaminados a ese fin.

Según el demandante, Lozano apoyó y promovió de manera pública mediante sus redes sociales la reelección del actual presidente de la República.

El demandante envió capturas de pantalla de Twitter y LikedIn, y un video de YouTube de declaraciones públicas a favor de la reelección presidencial.

La Sala estableció que la demanda cumple con los requisitos, con lo que fue admitida “con el objeto de determinar si es procedente declarar la pérdida de los derechos de la ciudadanía del señor José Jaime Lozano Durán”.

https://www.youtube.com/watch?v=QCVcQmCWkJA&feature=youtu.be

¿Notificarán la admisión por DM de Twitter?




  • El demandante solicitó a la Sala que se le notificara al demandado mediante un “mensaje directo a través de la red social Twitter”, pero la Sala respondió que esa forma no da la certeza de la recepción del mensaje.

  • “La notificación debe hacerse en persona a través de los medios previstos por la ley”, indicó la Sala.

  • Sin embargo, la Sala advierte que si se ignora el domicilio de una persona, el artículo 186 inciso 1 del Código Procesal Civil Mercantil permite una resolución motivada para que se haga por edicto, luego de requerir la información de su domicilio mediante la colaboración de instituciones públicas y privadas.