Mujeres detenidas por incumplir cuarentena. PNC


Tres mujeres que fueron detenidas por incumplir la cuarentena nacional decretada el 21 de marzo deberán ser conducidas a sus viviendas o lugares de residencia, si en este momento aún siguen detenidas en dependencias judiciales o administrativas distintas a un sitio acondicionado para una cuarentena sanitaria.

La Sala de lo Constitucional decretó auto de exhibición personal a favor de las mujeres y de todas las personas privadas de libertad desde el 21 de marzo de 2020 con base en el decreto ejecutivo 12, sobre “Medidas extraordinarias de prevención y contención para declarar el territorio nacional como zona sujeta a control sanitario a fin de contener la pandemia del COVID-19”.

En su resolución, aclaró que las personas trasladadas a centros de contención en los que puedan haber tenido contacto con personas con COVID-19 “deberán permanecer en tales lugares” con “un trato digno y atención adecuada”.

La Sala pidió a las autoridades de Defensa y la Policía Nacional Civil que envíen un informe sobre las medidas cautelares adoptadas; y exhortó a regular con urgencia las medidas limitadoras de la libertad física, tanto al Ministerio de Salud como a la Asamblea Legislativa.



La exhibición personal o hábeas corpus busca evitar arrestos arbitrarios y permite a todo ciudadano detenido a comparecer ante un tribunal o una autoridad para determinar si el arresto es legal o ilegal.

La demanda de hábeas corpus con referencia número 148-2020 fue presentada por un ciudadano que denunció que tres mujeres que se encontraban en Jiquilisco comprando en el mercado fueron retenidas por la Policía Nacional Civil y llevadas a la sede policial sin definir su situación jurídica y sin alimentos.