Foto de Asamblea Legislativa.


La Comisión de Familia de la Asamblea Legislativa tipificó como infracción grave y aprobó que las empresas que nieguen el otorgamiento de un crédito a una persona por su condición de discapacidad sean multadas de siete a nueve salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicio.

El salario mínimo del sector comercio y servicio vigente es de $300 mensuales, por lo tanto, una empresa podría ser multada desde los $1,200 hasta los $1,800 por negarle un crédito a una persona con discapacidad.

“Negar el financiamiento para la compra de un bien mueble o inmueble por condición de discapacidad, aún cumpliendo todos los requisitos financieros requeridos”, será tipificado como una infracción grave, establece el anteproyecto de Ley de inclusión de las personas con discapacidad.

Según el presidente de la Comisión de Familia, David Reyes, generalmente, “son instituciones financieras grandes”, las que rechazan los créditos a las personas con discapacidad y valoró que este es un acto de “discriminación porque aún cumpliendo los requisitos para poder otorgar el crédito, no se lo dan”.

Sin precisar el número de denuncias, Reyes dijo que este tipo de prácticas es recurrente cuando una persona con discapacidad solicita un crédito para comprar un vehículo o una vivienda.

“Hemos conocido varias denuncias donde no se les ha querido otorgar el financiamiento por su condición de discapacidad, aún cuando esta persona tiene un trabajo estable”, señaló el legislador.
Hemos conocido varias denuncias donde no se les ha querido otorgar el financiamiento por su condición de discapacidad, aún cuando esta persona tiene un trabajo estable (…)Cuando una persona con discapacidad aplica a un crédito para comprar un vehículo, una vivienda

David Reyes

Presidente de la Comisión de la Familia