El vicepresidente, reiteró que la alternabilidad en la presidencia no será afectada.


El vicepresidente de la República, Félix Ulloa, afirmó que el fallo de la Sala de lo Constitucional que avaló la reelección presidencial inmediata en El Salvador no afecta la alternabilidad en el poder, aunque la Constitución de la República lo prohíbe.

Ulloa aseguró que “no sabe” si la Sala de lo Constitucional, nombrada el 1 de mayo por diputados de Nuevas Ideas, Gran Alianza por la Unidad Nacional (GANA), el Partido Demócrata Cristiano y el Partido de Concertación Nacional (PCN), cambió el artículo 128 de la Carta Magna salvadoreña.

 

Prohibición.


Dicho artículo establece que no podrán reformarse en ningún caso los artículos de la Constitución que se refieren a la forma de Gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la presidencia.

“La Sala yo no sé si ha cambiado alguna cláusula pétrea, lo que ha hecho es una interpretación que viene a cambiar la línea jurisprudencial de otra Sala, entonces nuestra preocupación y lo decimos en la ruta de revisión de que nosotros queremos que las normas Constitucionales queden elaboradas, redactadas de tal manera que no haya que recurrir a la vía de interpretación”, manifestó Ulloa.
La Sala yo no sé si ha cambiado alguna cláusula pétrea, lo que ha hecho es una interpretación que viene a cambiar la línea jurisprudencial de otra Sala”. Félix Ulloa, vicepresidente de la República

Preocupación.


De acuerdo con Ulloa, en el proyecto de reformas a la Constitución entregado al presidente Nayib Bukele, mostraron su preocupación por los posibles cambios de criterio jurisprudencial de una Sala a otra, por lo que reiteró que “el país no puede estar en función de lo que diga un juez, son normas que deben de regir con claridad los procesos de esta envergadura como la estabilidad de nuestro sistema”.

Ulloa no se refirió directamente a cuál es su opinión sobre la resolución de la Sala de lo Constitucional del 3 de septiembre, en la cual ordena al Tribunal Supremo Electoral (TSE) que permita que una persona que ejerza la Presidencia de la República y no haya sido Presidente en el periodo inmediato anterior, participe en la contienda electoral por una segunda ocasión.

Esto implicaría que el actual presidente pueda optar a ser candidato presidencial, ya que no fue presidente en el periodo anterior, que fue gobernado por el expresidente Salvador Sánchez Cerén (2014-2019).

La Sala explica que el Presidente que se postule como candidato presidencial deberá “solicitar una licencia durante los seis meses previos”.

 

Reelección presidencial


La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) nombrada el 1 de mayo, estableció un nuevo criterio para que una persona opte por el cargo de presidente de la República.

 

  • Septiembre 03 de 2021


Magistrados de la Sala de lo Constitucional, avalaron la reelección presidencial la noche del 3 de septiembre.

 

  • Septiembre 4 de 2021


La embajadora de Estados Unidos, Jean Manes condenó la resolución de la Sala y aseguró que socava la democracia en el país.

 

  • Septiembre 06 de 2021


El magistrado Óscar López Jerez, dijo que se abstenía de explicar el fallo del pasado viernes que avala la reelección presidencial