Han aumentado voces cercanas al gobierno invocando una reforma integral de la Constitución. Tanto el vicepresidente como el abogado que asesora al gobierno del presidente Bukele en este tema, el Doctor Fabio Castillo, habían expresado que no pretendían aprobar una nueva Constitución, sino promover reformas puntuales a la actual.

En la entrevista ante FOCOS, el 20 de septiembre de 2020, la periodista Karen Fernández preguntó: «Entonces, vicepresidente, solo para que quede este punto claro, ¿usted no está considerado de alguna manera otro mecanismo alterno para reforma a la Constitución que no sea el establecido en el artículo 248?»; y este contestó: «No existe otro».

Pero el 10 de abril el vicepresidente tuiteaba: “La nueva Constitución tendrá sus huellas”. Habla ahora, entonces, de una “nueva Constitución”. Una “nueva Constitución” supone derogar la actual y aprobar una nueva. Hay poco margen en esas palabras para torcerlas y luego decir que se dijo algo distinto.

Un funcionario de tal investidura, y a quien el Presidente le ha delegado una tarea tan delicada, debe ser claro. Señalar, por un lado, que pretende reformarse la actual Constitución, y luego invocar que pretende una “nueva Constitución” no es un tema baladí. ,

¿La Constitución puede reformarse? Sí. ¿Pueden reformarse decenas de artículos de la Constitución? Sí. ¿Puede reformarse toda la Constitución? No. Cualquier intento de reformar toda la Constitución implica, necesariamente, la intención de alterar los puntos que esta prohíbe modificar: las cláusulas pétreas.

El art. 248 de la Constitución dispone: “No podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a la forma y sistema de gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República”.

Una de las cláusulas pétreas que destacan es el principio de alternabilidad en el ejercicio de la presidencia. Esto significa que para que quien ha fungido como presidente, pueda volver a ocupar ese cargo, debe esperar dos períodos presidenciales: diez años. Es claro que el vicepresidente de la República ha sido categórico en pretender modificar esa cláusula irreformable, en el sentido de reducir el tiempo de espera de dos períodos presidenciales a uno.

Resulta que la actual conformación de la Sala de lo Constitucional dijo hace apenas unos meses lo siguiente: “Debido a las experiencias dictatoriales y de abuso de poder de los presidentes de turno, la Constitución de 1983 incorporó un período presidencial de cinco años sin posibilidad de reelección inmediata, sino hasta transcurridos dos períodos presidenciales posteriores al que se ejerció la presidencia (arts. 152 ord. 1° y 154 Cn.). Además, dicho presupuesto democrático de alternancia en el ejercicio de la presidencia fue reconocido como cláusula pétrea o de intangibilidad (art. 248 inc. 4° Cn.), lo que significa que no puede ser reformado ni alterado por el poder constituyente derivado”.

De manera que es claro que en el discurso de reformar toda la Constitución, o en la invocación de una “nueva Constitución”, subyace la intención de modificar las cláusulas pétreas; entre tales, el principio de alternabilidad en el ejercicio de la presidencia.

Ninguna mayoría legislativa de una fracción política, por más abrumadora que sea, autoriza ni legitima violar la Constitución. Ni siquiera la soberanía popular es absoluta; el art. 83 de la Constitución dispone que la soberanía reside en el pueblo, pero que este la ejerce dentro de los límites de “esta” Constitución.

Lo anterior es reflejo de aquellas célebres palabras de John Adams, estamos en un gobierno de leyes, no de hombres. Cualquier intento de romper esos límites supone retroceder en la evolución histórica de los estados democráticos. Es optar por la barbarie, y rechazar la civilización.

No todo se puede. El poder tiene límites. El poder debe tener límites. Y una de las principales funciones de la Constitución es limitar al poder. Así que es oportuno permanecer alertas ante cualquier intento de reformar toda la Constitución.

De igual manera, hay que estar atentos a que hoy, último día de la legislatura 2018-2021, no se intente la aprobación de ningún acuerdo de reforma constitucional. Esto también sería una clara violación al orden constitucional.