Miembros de todos los partidos aprobaron la solicitud de prórroga para la ley. / Óscar Machón


La Asamblea Legislativa envió ayer a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, luego de una aprobación en el pleno, una nueva solicitud de prórroga para aprobar la Ley de Justicia Transicional y Restaurativa para la Reconciliación Nacional.

El 13 de julio de 2016, la Sala declaró inconstitucional la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz que había sido aprobada en 1993 para ampliar la amnistía aprobada en la Ley de Reconciliación aprobada en 1992. En esta sentencia ordenó a la Asamblea, “en un plazo razonable”, regular el acceso a información, investigación, enjuiciamiento, esclarecimiento de la verdad y sanción a responsables de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra violatorios al derecho internacional humanitario ocurridas en el conflicto armado.

En la segunda audiencia de seguimiento, en junio de 2018, la Sala le ordenó a la Asamblea emitir una ley antes del 13 de julio de 2019 como un plazo “improrrogable”. Pese a ello, el 12 de junio, la Sala concedió un plazo de cuatro meses hasta el 13 de noviembre de 2019.

Ayer, 66 diputados de Alianza Republicana Nacionalista (Arena), Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), Gran Alianza por la Unidad Nacional (Gana), Partido de Concertación Nacional (PCN), Partido Demócrata Cristiano (PDC) y Cambio Democrático (CD) aprobaron en el pleno enviar una nueva solicitud de prórroga a la Sala, sin sugerir un plazo determinado.

El diputado Ricardo Velásquez Parker, votó en contra porque consideró que los plazos son perentorios y no cumplirlos contraviene la seguridad jurídica. El diputado denunció “presiones” de las “más variopintas clases” en el tema y sugirió que se sometiera a aprobación un dictamen.

Se registraron otros dos votos en contra, desde los curules de Francisco Zablah y Felissa Cristales.

La Comisión Política tiene dos proyectos. El propuesto por Arena, PCN y PDC permitiría penas entre la tercera parte del mínimo hasta el mínimo de la pena de prisión y que en seis meses puedan archivarse casos si se determina que no son delitos de lesa humanidad o violaciones al derecho internacional humanitario.