El Tribunal Segundo de Sentencia absolvió a los tres sospechosos de asesinar al secretario departamental por San Salvador del Partido Concertación Nacional (PCN), Ramón Orlando Kury, un hecho que se registró en el parqueo de la sede donde laboraba la víctima, a las 7:11 de la noche del 26 de abril de 2018.
Según el juez, la Fiscalía General de la República probó que se había asesinado al dirigente de Concertación Nacional en la sede departamental del mismo, ubicado en la colonia Las Mercedes en San Salvador y que fue por dos disparos en el pecho y en el tórax, pero no demostró quién fue la persona que lo mató y qué arma utilizó.
Por las deficiencias probatorias no se logra romper el principio de inocencia de los imputados y al no haberse establecido legal y eficazmente su participación en los hechos que se les atribuye, se dicta absolución para todos, tanto penal y como civilmente”. Juez Segundo de Sentencia de San Salvador.
La Fiscalía General de la República acusó en marzo de 2019 a:
- Santos Hernández Beltrán
- Samuel Elías Delgado Navas
- Óscar Remberto Delgado Navas
Los tres acusados de homicidio agravado en perjuicio del dirigente del PCN.
En esta oportunidad el sistema judicial acaba de demostrar que realmente los procesos cuando se llevan con claridad los resultados son los que hemos tenido en esta oportunidad”. Carlos Murillo, defensor.
“Estábamos metidos en un caso político”
Óscar Remberto Delgado, el único que gozaba de libertad condicional desde julio, por padecer de covid-19, afirmó luego de conocerse el fallo que desde un principio él advirtió que era inocente.
Hemos sido absueltos porque desde el principio dije que nosotros estábamos metidos en un caso político, este caso lo ordenó el exfiscal general Douglas Meléndez, me coaccionaron para que diera nombres, nombres que yo no sé”. Óscar Remberto Delgado, acusado.
Agregó que uno de los fiscales le pidió que se criteriara o colaborara con la Fiscalía a esclarecer hechos y que si no hacía, iba hablar con el juez para que lo condenaran a 30 años y pese a esas amenazas, no aceptó.
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Para probar la participación de los imputados: Oscar Remberto Delgado Navas, Samuel Delgado y Santos Hernández Beltrán, la Fiscalía presentó cuatro testigos, cuatro peritos o expertos en investigación de delitos, vídeos, álbumes fotográficos, bitácoras de llamadas telefónicas, reporte de activación de antenas antes, durante y después del asesinato, así como informes de balística, pero en ninguna de esas evidencias, se pudo apreciar e individualizar a la persona que disparó contra el dirigente de Concertación Nacional.
Señalan incautación ilegal
Se dio una incautación de teléfonos que antes tuvo que ser solicitado su secuestro ante la autoridad competente, cosa que Fiscalía simplemente incautó y se queda con los aparatos, al no ser puesto bajo control jurisdiccional automáticamente, cualquier órgano de prueba que se diera como tal carece de valor probatorio”. Carlos Murillo, defensor.
El defensor añade que aunque la fiscalía hubiese solicitado el secuestro a un juzgado, la prueba carece de valor para él, porque sus defendidos laboraban en la sede del PCN “por lo tanto, ellos iban a ser ubicados en sus instalaciones o sus alrededores o en la escena del delito”, explicó el abogado.
En fotografías y vídeos solo se observaba a un hombre de entre 1.67 metros, 1.78 metros de estatura, de unas 178 libras de peso, que vestía un pantalón azul negro tipo comando, con gorra y encapuchado.
Como una forma de identificarlo, la Fiscalía ordenó que se comparara con una fotografía de Santos Hernández Beltrán, pero la perito a la que se le ordenó esa misión, lo que hizo fue ponerle rostro a ese personaje que disparó. “La perito hizo lo que no se le solicitó”, concluyó el juez Segundo de Sentencia.
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La perito luego de hacer lo que no le habían ordenado concluyó que por la forma de los glúteos, la manera de caminar y de poner el talón, se trataba del exagente policial Santos Hernández.
El juez consideró que esas fueron “simples conjeturas”, subjetivas que carecían de valor legal para romper la presunción de inocencia de una persona y la descartó.
El juez también se refirió al procedimiento de incautación de las evidencias como celulares a los imputados, pero “no siguió el debido proceso legal para esos casos”; el secuestro una medida que se aplica con la autorización judicial; por esa razón toda esa prueba fue desechada por carecer de valor legal.
Arma homicida no encontrada
Otra disyuntiva fue el arma de fuego utilizada para matar a Ramón Orlando Kury. Tomaron un arma de fuego que había sido decomisada a Oscar Remberto Delgado en el 2011, le agregaron los tres casquillos incautados en la escena del delito y la ofrecieron como el arma homicida, pero al someterla a balística en la primera oportunidad, el perito del Laboratorio Técnico Científico de la Policía Nacional Civil afirmó que se trataba de la misma arma con la que le quitaron la vida a Kury.
No satisfecha la defensa con ese resultado y conociendo el origen de la supuesta arma homicida, la sometieron a un segundo peritaje y esta resultó que no era el arma con la que se habían disparado los tres casquillos que habían segado la vida de Kury.
El abogado Murillo aclaró que Fiscalía quiso probar que su defendido Óscar Delgado había prestado su arma personal para que el expolicía, Santos Hernández Beltran, ejecutara el hecho, mientras que Samuel Delgado realizara funciones de vigilancia el día del hecho, pero no fue así.
“El arma incautada desde la bodega del Ministerio de la Defensa no coincidía el material testigo que había sido obtenido de dicha pistola con los proyectiles que fueron incautados de la víctima y se estableció la participación de una segunda arma, y que no corresponde a Oscar. Al no tener el arma que mata al Ingeniero Kury, a partir de ese momento el Tribunal no tenía más que resolver a favor de mi representado con un veredicto absolutorio”.