La jueza de menores de Usulután resolvió exonerar al único procesado por el secuestro del salvadoreño Armando Durán, a 34 años del hecho, argumentando que el delito prescribió y que nunca fue denunciado en la época.
Luego de tres días de juicio, ayer, la jueza dio su sentencia en donde dejó de lado las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la República, que fueron recabadas en los últimos cinco años.
“(La jueza dijo que este no era un delito de lesa humanidad, lo atribuyó como un delito común, no reconoció las pruebas documentales que se habían presentado, no las quiso recibir”, señaló Armando Durán, al salir del fallo judicial ayer en el juzgado de menores de Usulután.
El argumento dice que porque no se puso una denuncia en la época, que sucedieron los hechos, cuando realmente nosotros no teníamos la posibilidad por el contexto de la guerra, cómo podíamos poner una denuncia si no había un orden jurídico realmente establecido, entonces eso imposibilitaba es por eso que la sentencia de la sala de lo constitucional habla sobre eso y dice que nosotros las víctimas no tuvimos la posibilidad de tener justicia y por eso derogó la ley de Amnistía”. Armando Durán, víctima de secuestro en el conflicto armado salvadoreño.
La defensa
Sin embargo, para los defensores del único imputado, la razón de la absolución también fue abonada porque, según ellos, la Fiscalía General de la República no probó que el procesado participó en la guerrilla salvadoreña.
Fiscalía nunca probó en todo el juicio que él había sido militante del FMLN y mucho menos de la organización ERP, eso nunca se probó en el juicio; fiscalía pudo haber indagado mediante las instancias correspondientes, por ejemplo, está el instituto de veteranos, solicitar un informe, pero no lo hizo, ese fue uno de los elementos importantes”. William Hernández, defensor.
El abogado Borys González asegura que se ha malinterpretado la resolución de la Sala de lo Constitucional al derogar la Ley de Amnistía en los delitos de crímenes de guerra.
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“Esa derogatoria no implica necesariamente que se establece una camisa de fuerza para que cualquier delito venga a ser de conocimiento de los tribunales en este tiempo”, señala en relación al delito de secuestro, por el que su cliente fue procesado.
El caso
El secuestro de Armando Durán fue el primero en denunciarse en la Fiscalía General de la República, luego que la Sala de lo Constitucional derogara la ley de Amnistía en 2016, y luego de un complejo camino judicial, el caso comenzó a ser ventilado en el juzgado de menores de Usulután, donde se decretó ser un delito de lesa humanidad.
En diciembre de 1986, Durán fue secuestrado por el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), asociación que fue absorbida por el FMLN; según Durán, el imputado lo vigiló durante sus días de cautiverio y en el momento del secuestro tenía 17 años de edad, por ello el caso goza de reserva.
Sin embargo, Durán no solo denunció a los autores materiales, sino también a la comandancia de la guerrilla salvadoreña aglutinada en el FMLN.
Entre los denunciados que aún no han sido procesados están: Schafick Hándal, Joaquín Villalobos, Francisco Jovel, Eduardo Sancho y al expresidente de la República, Salvador Sánchez Cerén.
Durán permaneció 32 días en cautiverio en los campamentos guerrilleros del ERP, en Usulután y era constantemente movido de lugar, debido a los bombardeos de la Fuerza Armada.
En su denuncia a la Fiscalía, Durán dijo que los guerrilleros del ERP pusieron su vida en peligro siempre, pues en lugares cercanos a él fabricaban bombas y armas para atacar a la Fuerza Armada.
Durán fue liberado, luego que su familia entregara dinero, dos plantas eléctricas, dos máquinas para hacer esténcil, 15 piezas de tela verde olivo y 30 vacunas antitetánicas.
“Esta es una demostración de la impunidad que existe en este país donde el sistema de justicia está colapsando, y nuestras víctimas demandantes que hemos luchado, después de 34 años ver que se haga justicia y se conozca la verdad, se nos está imposibilitando”. Armando Durán, víctima de secuestro en el conflicto armado salvadoreño.
El juzgado de menores aún debe entregar la sentencia por escrito y la Fiscalía General de la República deberá evaluar si apela la resolución, mientras tanto Durán concluye que después del fallo está como al inicio del proceso: con impunidad.