Desde hace varios días, en las entradas del Centro Judicial Isidro Menéndez son visibles afiches que promueven candidaturas para magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
El artículo 41 del reglamento de Fedaes indica que “el Comité (electoral) dará aviso a las asociaciones acreditadas de la fecha de inicio de la actividad proselitista y del respectivo cierre”, fecha que hasta la semana pasada no había sido divulgada.
El 13 de enero de 2021, la junta directiva de la Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador (Fedaes) aprobó el “Reglamento especial para el proceso de elección de los candidatos a magistrados de la CSJ y al Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) propuestos por las entidades representativas de los abogados”, el cual contempla la regulación de actividades, incluyendo proselitistas.
Sin sanción.
“El inicio de campaña, ya algunos han puesto afiches, banners y toda la cosa, ya iniciaron la campaña”, reconoció Joaquín Rodríguez García, presidente de la Fedaes.
Al consultarle si no aplica una sanción al respecto, pese a estar regulado, respondió que “no es ninguna penalización”.
Con respecto al contenido de la propaganda, la Fedaes sí estableció que “deberá limitarse a la divulgación de los logros profesionales o académicos del candidato, sin perjuicio de las referencias que puedan hacerse a sus competencias, cualidades o logros extracurriculares, así como las propuestas de servicio y programas de trabajo que realizará en caso de ser electo”.
La actividad proselitista finalizará 24 horas antes del día de las elecciones, cuando se ordenará el retiro de todos los afiches que hayan sido colocados dentro de los centros de votación, así como la propaganda fijada a menos de 200 metros de los mismos.
“Todos tienen inclinación política, pero que estén registrados en ese tipo de institutos, ya sería la Asamblea quien tiene que determinar en la escogitación”. Joaquín Rodrigo García, presidente de Fedaes
Observación.
El reglamento prohíbe la propaganda y todo tipo de actividad proselitista en los centros de votación y sus alrededores el día de la elección. El cumplimiento de esta norma es uno de los puntos a observar según el “Movimiento Ciudadanos por una Corte Independiente”, que ha solicitado una autorización para ser observador electoral.
“En 2018 había un candidato que a la par del centro de votación tenía música, afiches, casi una fiesta y eso está prohibido por el instructivo que regula la publicidad para esta elección. Los observadores de San Miguel lo pudieron consignar y quedó en el informe de 2018”, dijo Liliam Arrieta, coordinadora del movimiento. Agregó que esperan desplegar observadores en los 14 centros de votación para verificar todo el proceso.
“Desde que un candidato se postula, las asociaciones deberían revisar su compentencia, cuál ha sido su trayectoria y su honorabilidad notoria”. Liliam Arrieta, ciudadanos por CSJ Independiente
No políticos.
Para organizaciones ciudadanas, es importante que las asociaciones de abogados establezcan filtros, además de los requisitos mínimos establecidos en el artículo 176 de la Constitución, para garantizar que sean las personas más idóneas para las magistraturas y no respondan a intereses políticos partidarios, en especial con el cambio de Asamblea Legislativa a partir de mayo de este año.
De acuerdo a Eduardo Escobar, director de Acción Ciudadana, la exigencia de mayoría calificada de la Asamblea Legislativa, es decir, 56 votos o más, es que participe la mayor cantidad de fuerzas políticas y que la decisión se tome por idoneidad y no por otros criterios.
3 datos que debes de conocer
- Finalizan su periodo.
El 30 de junio de 2021 finaliza el período para el que fueron electos cinco magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
- Cambios en presidencias
Se debe elegir a magistrados presidentes de las Salas de lo Constitucional, Penal y de lo Contencioso Administrativo.
- Padrón de electores
El padrón electoral está conformado por 31,876 abogados autorizados por la Corte Suprema de Justicia.