Con cinco votos a favor, la comisión especial de antejuicio contra el comisionado Mauricio Arriaza Chicas, viceministro de Seguridad y director de la Policía Nacional Civil (PNC), determinó que hay lugar a formación de causa por el posible cometimiento del delito de incumplimiento de deberes por parte del funcionario.
La comisión llevó a cabo la admisión de pruebas de la fiscal de la comisión y de la defensa del funcionario, la exposición de alegatos y el análisis de los mismos, que concluyó con el dictamen favorable.
Fueron 24 documentos de prueba presentados por la fiscalía, nueve de la defensa y 13 documentos comunes los que se dieron por admitidos en la comisión.
Sin embargo, por mayoría, la comisión no admitió la prueba testimonial que propuso la defensa, que implicaba la participación como testigos a los diputados Rodolfo Parker (PDC), Guillermo Gallegos (GANA) y Yanci Urbina (FMLN), quienes son miembros de la comisión especial para investigar la colocación de títulos valores y préstamos por parte del Estado en el marco de la pandemia del Covid-19 y miembros de la comisión de antejuicio. Además de pedir como testigo a la técnica asignada a la comisión especial.
Los diputados Gallegos y Antonio Almendáriz (PCN) votaron a favor de admitir la prueba testimonial tanto de Gallegos como de la técnica de la comisión. Mientras que Ricardo Velásquez Parker (ARENA) y Javier Valdés (FMLN) coincidieron que la prueba testimonial no era “útil ni pertinente” y que en las pruebas documentales admitidas constan todos los hechos ocurridos.
Posteriormente, se presentaron los alegatos de parte de ambas partes para determinar si hay lugar o no a formación de causa para retirar el fuero constitucional al comisionado, como lo fue solicitado por la Fiscalía General de la República (FGR).
Antes de la votación final, el diputado Guillermo Gallegos (GANA) expuso su postura en contra del desafuero, responsabilizó a la técnica de la comisión especial que no envió la notificación a Hacienda y señaló a la comisión de ser un “show” y dijo “ahí hagan lo que quieran” al momento de retirarse.
La Fiscalía pidió retirar el fueron al viceministro para procesarlo en sede judicial por incumplimiento de deberes al no llevar bajo apercibimiento por apremio al ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, ordenado por la comisión especial que investiga los títulos valores y préstamos con cita el pasado 2 de octubre.
¿Qué dijo la fiscal?
La fiscal de la comisión, la diputada Cristina Cornejo, basó sus alegatos principalmente en la nota enviada por el mismo comisionado Mauricio Arriaza Chicas a la comisión especial el 2 de octubre de 2020 en la que justificó no llevar al ministro.
La nota señaló que giró oficio al ministro de Hacienda a fin de procurar que atendiera el llamado a la comisión especial.
“Según el director, este le respondió los motivos por los cuales no asistió a la comisión. Manifestando que, a juicio del director de la policía existía una “causa justificada” y que no configuraba el supuesto de hacer comparecer al ministro de Hacienda, José Alejandro Zelaya Villalobos, por medio de la fuerza pública de seguridad al seno de la comisión especial, aunque había una orden legalmente establecida y pidiéndole el apercibimiento”, dijo Cornejo.
La fiscal indicó que es uno de los principales documentos firmado y sellado por el director policial y que no contaba con la facultad para argumentar, cuestionar o sugerir modificaciones a la decisión tomada por la autoridad competente, en ese caso la comisión especial.
¿Qué dijo la defensa?
Por su parte, la defensa del viceministro y director, se fundamentó en tratar de argumentar la ilegalidad del citatorio de apercibimiento por apremio al ministro de Hacienda, ya que este no habría sido notificado formalmente de dicha cita.
“Si el señor director, Mauricio Arriaza Chicas, cumplía esa orden emanada de forma ilegal, porque no existía la advertencia de apremio, caía en el artículo 290 del Código Penal delito de privación de libertad por funcionario público o agente de autoridad”, dijo Héctor Nahúm Martínez, uno de sus abogados.
La defensa señaló también que el ministro de Hacienda goza de fuero constitucional y que tampoco se podía proceder al apremio.
Otro de los alegatos de la defensa se basó en el artículo 9 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil sobre las atribuciones del director general para tratar de desvirtuar la obligatoriedad de cumplir con la orden de la comisión especial.
“Que diga el Fiscal General de la República en qué competencia específica ha incumplido el señor director de la PNC. Si se observa en donde se hace descansar la imputación, no existe, es decir, el delito de incumplimiento de deberes no existe en el presente caso”, dijo Orlando Rivas, de la parte defensora.
Justificaciones
Luego de las exposiciones, se dio lugar a réplica por parte de ambas partes. Cristina Cornejo hizo referencia al oficio girado por el director de la PNC al ministro de Hacienda sobre el llamado a asistir a la comisión, además del memorando que emitió para la localización del funcionario, la convocatoria de prensa girada por el Gobierno sobre una actividad en la que participaría el ministro ese día y publicaciones en cuentas de Twitter de los funcionarios.
“La defensa no logró demostrar que el director de la Policía no cometió el delito que se le atribuye. Al contrario, se enfocó en atacar al Fiscal General de la República en relación a esto”, dijo Cornejo en declaraciones a la prensa.
Consideró que hubo contradicciones en la defensa y que se trató de justificar la incomparecencia del ministro de Hacienda.
Reiteró que el papel de la comisión no es demostrar culpabilidad o inocencia del director, sino que sería en los tribunales correspondientes si hubo incumplimiento de deberes, en caso que se avale el desafuero.
En tanto que la defensa mantuvo sus argumentos que la Fiscalía solicitó el antejuicio en artículos derogados de la Ley de Orgánica de la PNC, en que la comisión especial no dejó constancia que no se admitieron las justificaciones del ministro de Hacienda para no asistir a los llamados y que nunca se citó formalmente al llamado por apercibimiento a dicho funcionario.
El abogado Rodolfo Delgado, de la defensa de Arriaza Chicas, dijo que “el señor comisionado en realidad no ha cometido delito y que se trata simplemente de una ligereza, de una mala interpretación o bien de errores humanos cometidos por el funcionario que promovió este antejuicio”.
Por su parte, el comisionado manifestó que la orden de apremio era “ilegal” y que llevarla a cabo era trastocar el fuero constitucional del ministro de Hacienda. “En este caso el apercibimiento carece de formalidades legales y como careció de formalidades legales se convirtió en una orden ilegal”, dijo el comisionado.
A pesar de eso, llevaron a cabo actividades de localización y le hicieron sugerencias a la comisión especial de reprogramación de la cita.
El dictamen favorable pasará al conocimiento del pleno legislativo.