Hace 26 días los diputados destituyeron a magistrados y fiscal general.


El abogado Enrique Anaya busca agotar todos los recursos judiciales ante los tribunales salvadoreños contra la decisión de la Asamblea Legislativa de nombrar como magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a abogados que no estaban en la lista del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ).

Anaya presentó el lunes un recurso de revocatoria ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la CSJ, luego de que esta se negara a conocer la demanda contra el pleno legislativo que destituyó a magistrados propietarios y suplentes de la Sala de lo Constitucional, el 1 de mayo.

“Sé que la Sala de lo Contencioso Administrativo no revocará —me dirán, en esencia: “Nuestra decisión es irreversible”—, pero así se agota la vía nacional y se acredita a efecto internacional que el sistema judicial fue incapaz de defender la democracia y el régimen constitucional”, escribió Anaya en Twitter.

El abogado pidió a la Sala de lo Contencioso la nulidad del decreto 2, aprobado el 1 de mayo, cuando se nombró a los abogados Luis Javier Suárez Magaña, Héctor Nahúm Martínez García y José Ángel Pérez Chacón como magistrados de la Sala de lo Constitucional de facto.

Esos tres abogados no estaban en la lista que envió el CNJ al órgano Legislativo.

 

La polémica.


El abogado, en su recurso de revocatoria ante la Sala de lo Contencioso, reitera que el nombramiento de los magistrados de la Sala es un procedimiento administrativo y que la Sala “intenta construir una excusa para rechazar de modo liminar la demanda”.

El abogado argumenta que lo Contencioso “ha obviado nociones jurídicas elementales e, incluso, llega al extremo de alterar sustancialmente el contenido y alcance de la pretensión planteada”.
“Sé que la Sala de lo Contencioso Administrativo no revocará pero, así se agota la vía nacional y se acredita a efecto internacional que el sistema judicial fue incapaz de defender la democracia y el régimen constitucional”. Enrique Anaya, abogado constitucionalista

Asegura que las actividades de la administración pública pueden ser realizadas por cualquier órgano estatal siempre y cuando cuente con previa habilitación normativa. Es un acto administrativo, en tanto que implica la concreción de las normas de carácter general ya sea la Constitución, las leyes, los reglamentos u otra normativa que rigen la situación del funcionario”, dice el recurso de revocatoria interpuesto por el abogado el lunes 24 de mayo recién pasado.

La Sala de lo Contencioso Administrativo argumentó que no puede conocer la demanda, debido a que el nombramiento de la Sala de lo Constitucional carece del carácter de acto administrativo. Argumenta que el nombramiento es una potestad constitucional.

 

El abogado y la Sala de lo Contencioso


Los magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo se negaron a conocer la demanda del abogado Enrique Anaya, que demandó a la Sala por no seguir el debido procedimiento.

 

  1. Demanda presentada el 4 de mayo


En contra del pleno legislativo por nombrar a tres abogados como magistrados de la Sala de lo Constitucional y por no seguir el debido proceso.

 

  1. No es un acto administrativo


Los magistrados de la Sala de lo Contencioso se niegan a conocer la demanda porque consideran que no es un acto administrativo.

 

  1. Potestad constitucional


Según la Sala de lo Contencioso Administrativo, los nombramientos son potestad constitucional de la Asamblea Legislativa.

 

  1. Si es acto administrativo


El abogado aseguró que si un acto administrativa de la Sala porque todos los órganos estatales deben reñirse a leyes y la Constitución.